Devoluci¨®n de los gastos de la hipoteca: plazos y hasta cu¨¢ndo se puede reclamar
Algunas fuentes insisten en que el 28 de diciembre es el ¨²ltimo d¨ªa, mientras que el Ministerio de Consumo fija la fecha tope en el 21 de enero de 2021.

Miles de hipotecados tienen hasta este lunes 28 de diciembre para reclamar la devoluci¨®n de gastos que realizaron al firmar su pr¨¦stamo. Si no lo hacen, perder¨¢n la oportunidad de que les devuelvan hasta el 100% de los gastos en el caso del registro, y la mitad en el de la notar¨ªa, de lo abonado por la constituci¨®n, modificaci¨®n, renovaci¨®n o subrogaci¨®n de la hipoteca. Una sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2015, avalada despu¨¦s por otra del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE), as¨ª como las de varias Audiencias Provinciales, brindan la oportunidad de demandar dicha devoluci¨®n al considerar abusiva la cl¨¢usula que traslada al consumidor todos los gastos de registro y notar¨ªa.
Sin embargo, no hay un criterio un¨¢nime. Varias fuentes indican el 28 de diciembre como el plazo m¨¢s inmediato para reclamar la devoluci¨®n porque, en esta fecha se cumplen los cinco a?os que fij¨® la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para formular esta y otras reclamaciones, como, por ejemplo, las relacionadas con los intercambios de tipos de inter¨¦s (swaps) hipotecarios.
Sin embargo, el Ministerio de Consumo afirma que la fecha tope es el 21 de enero, ya que empieza a contar los cinco a?os desde la sentencia del Supremo de enero de 2016 que declaraba abusiva la cl¨¢usula de atribuci¨®n al comprador de los gastos en el pr¨¦stamo hipotecario.
Si firmaste una hipoteca con cl¨¢usulas abusivas, esta informaci¨®n te interesa ?
— Secretar¨ªa General de Consumo y Juego (@consumogob) December 27, 2020
?? Revisa la informaci¨®n de tu contrato, el plazo de reclamaci¨®n de devoluci¨®n de los gastos podr¨ªa acabar en unas semanas.
M¨¢s informaci¨®n: https://t.co/s8aGmGfUs4 pic.twitter.com/60dZIFKckn
?Qu¨¦ se puede reclamar?
Pueden reclamar los gastos aquellos prestatarios que hubiesen abonado gastos hipotecarios derivados de una cl¨¢usula considerada nula:
- Gastos de gestor¨ªa: recaen ¨ªntegramente sobre el prestamista desde el 16 de junio de 2019, sin que existieran previsiones legales al efecto de forma previa.
- Gastos de registro: recaen sobre el prestamista, al ser el sujeto a favor de quien se inscribe o anota el derecho.
- Gastos de notar¨ªa: recaer¨ªan a partes iguales entre prestatario y prestamista hasta el 15 de junio del 2019. A partir de esa fecha, el arancel notarial de la escritura del pr¨¦stamo hipotecario recae de forma exclusiva sobre el prestamista, mientras que los de las copias los asumir¨¢ quien las solicite.
- El impuesto AJD recae sobre el prestamista si la hipoteca es posterior al 10 de noviembre del 2018, y sobre el prestatario en caso contrario.
La comisi¨®n de apertura tambi¨¦n se podr¨¢ reclamar cuando la entidad financiera no pueda acreditar que hubiera informado de forma clara y comprensible sobre su aplicaci¨®n en la hipoteca y no pueda acreditar que se corresponden con un servicio efectivamente prestado o con gastos reales en los que hubiera incurrido la entidad.
Pasos para demandar los gastos
Para demandar los gastos, el primer paso es presentar una reclamaci¨®n ante el Servicio de Atenci¨®n al Cliente o el Defensor del Cliente, de la entidad con la que se firm¨® el pr¨¦stamo hipotecario. Varias p¨¢ginas web tienen formularios para presentar dicha reclamaci¨®n. Si la entidad no ha respondido en un mes, o el consumidor no est¨¢ de acuerdo con la respuesta obtenida, se podr¨¢ interponer la correspondiente demanda judicial. Como alternativa a la v¨ªa judicial, el consumidor puede presentar la reclamaci¨®n ante el Sistema Arbitral de Consumo. Aunque este se basa en la voluntad expresa de las partes, por lo que en el momento que la entidad financiera rechaza adherirse a este sistema de arbitraje el expediente se archiva.
Por otra parte, si el consumidor considera que la entidad financiera ha incurrido en infracci¨®n de la normativa de consumo, como la inclusi¨®n de cl¨¢usulas abusivas en el contrato de pr¨¦stamo hipotecario, podr¨¢ presentar una denuncia ante los ¨®rganos administrativos de consumo de su Comunidad Aut¨®noma para la incoaci¨®n, en su caso, de un posible expediente sancionador a la entidad financiera, aunque esto no implica la devoluci¨®n de los importes abonados.