Ayuda de 430 euros del SEPE: ?se puede cobrar si percibo el Ingreso M¨ªnimo Vital?
El Consejo de Ministros aprob¨® el pasado martes un subsidio extraordinario para aquellos parados que consumieron sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio.
El Consejo de Ministros aprob¨® el pasado martes una ayuda extraordinaria de 430 euros mensuales a aquellos parados que consumieron sus prestaciones o subsidios entre el 14 de marzo y el 30 de junio. Con esta medida, concretada un poco m¨¢s tarde de lo esperado, el Gobierno central espera llegar a algo m¨¢s de 250.000 desempleados.
Tal y como recoge la orden publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), la solicitud de esta ayuda especial "podr¨¢ presentarse a partir del d¨ªa siguiente a la fecha de entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el d¨ªa 30 de noviembre de 2020 inclusive".
No es compatible con el Ingreso M¨ªnimo Vital
Para poder acceder a esta ayuda, se deben cumplir una serie de requisitos:
- Haber agotado las prestaciones por desempleo entre el 14 de marzo y el 30 de junio.
- Estar en paro.
- No tener acceso al Ingreso M¨ªnimo Vital
- Haber dejado de percibir el paro en el mes de junio.
As¨ª,?las personas que no tengan actualmente trabajo, no cobren ERTE y no obtengan ninguna prestaci¨®n por desempleo ni tampoco puedan acceder al Ingreso M¨ªnimo Vital, podr¨¢n optar a esta ayuda.