?Por qu¨¦ el actual estado de alarma no permite el confinamiento domiciliario?
Para que el Gobierno permita un nuevo confinamiento domiciliario, es necesario modificar el estado de alarma que recoge el Real Decreto 926/2020.
La situaci¨®n de coronavirus en Espa?a empeora con los d¨ªas y solo en el d¨ªa de ayer, se comunicaron 5.141 nuevos contagios registrados durante el fin de semana y el festivo del lunes. En total, la cifra de infecciones en nuestro pa¨ªs asciende a 1.259.366 positivos y 36.495 personas fallecidas, 234 de ellas con fecha de defunci¨®n en los ¨²ltimos cuatro d¨ªas.
La Comunidad Aut¨®noma de Asturias, ha solicitado al Ministerio de Sanidad el confinamiento domiciliario de la regi¨®n debido al aumento de casos y hospitalizaciones en la ¨²ltima semana. Pero, finalmente, el Ejecutivo ha rechazado volver a confinar a los ciudadanos en sus casas.
Modificaci¨®n legislativa para un nuevo confinamiento
Lo cierto es que, actualmente, el Gobierno no podr¨ªa establecer un nuevo confinamiento domiciliario como el vivido en los meses de marzo, abril, mayo y junio. Esto se debe a que esta medida necesitar¨ªa una reestructuraci¨®n de la ley. En concreto, el confinamiento domiciliario requerir¨ªa de una ampliaci¨®n del actual decreto del estado de alarma.
Es decir, la norma aprobada por el Gobierno el pasado mes de octubre, no contempla esta restricci¨®n domiciliaria, por lo que, para que pudiera decretarse un nuevo confinamiento domiciliario tanto en Espa?a como en alguna de sus regiones, el Ejecutivo deber¨ªa actualizar el decreto de estado de alarma en vigor que establece el estado de alarma hasta el pr¨®ximo 9 de mayo.
El decreto de marzo si recogi¨® esta medida
La diferencia del nuevo decreto con el que se aprob¨® el pasado 14 de marzo, se centra en que en aquel instrumento legal s¨ª preve¨ªa la restricci¨®n de un confinamiento domiciliario. En esta ocasi¨®n, el Gobierno no crey¨® que fuera necesario debido a la menor gravedad de la situaci¨®n de COVID-19 en el pa¨ªs. Pero con los d¨ªas, los casos empeoran y el pa¨ªs vuelve a n¨²meros similares a los del inicio de la crisis sanitaria.
Limitaci¨®n de un derecho fundamental
El confinamiento domiciliario supone la restricci¨®n de un derecho fundamental, como es en este caso el de la movilidad por el territorio espa?ol. Por ello, es la ¨²ltima opci¨®n que se plantea el Ejecutivo. En los pr¨®ximos d¨ªas se estudiar¨¢n nuevas medidas para aquellas Comunidades m¨¢s afectadas sin que haya que recurrir a esta medida tan estricta.
En caso de no mejorar la situaci¨®n en Espa?a, solo el Gobierno tendr¨ªa la ¨²ltima palabra y ser¨ªa el ¨²nico capaz de decidir un nuevo confinamiento como el del mes de marzo. Eso s¨ª, deber¨ªa hacer una ampliaci¨®n del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagaci¨®n de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Confinamiento domiciliario vs confinamiento selectivo
Recordamos los distintos tipos de confinamientos. Por un lado se encuentra el confinamiento domiciliario, del que hemos hablado anteriormente, y, por otro lado, estar¨ªa el confinamiento quir¨²rgico o selectivo. A continuaci¨®n, las diferencias.
El confinamiento domiciliario se corresponder¨ªa con el modo de confinamiento que se ha llevado a cabo en Espa?a durante el estado de alarma entre marzo y junio: estancia en casa y solo salir para ir al trabajo o hacer la compra, a excepci¨®n de situaciones especialmente urgentes.
El confinamiento quir¨²rgico o selectivo, por su parte, ser¨ªa aquel en el que se recluye a personas concretas recientemente contagiadas por el coronavirus o que han estado en contacto con alguna persona que ha dado positivo en la enfermedad. As¨ª lo se?ala la Fundaci¨®n del Espa?ol Urgente (Fund¨¦u). Es decir, las personas contagiadas o sospechosas de COVID-19 s¨ª tienen que guardar un confinamiento domiciliario.
Pero tambi¨¦n se refiere a confinamiento quir¨²rgico o selectivo aquel en el que se restringe la movilidad de personas dentro de un territorio en el cual hay una incidencia acumulada de casos muy elevada.
Es decir, este tipo de aislamiento se llevar¨ªa a cabo en localidades, municipios, barrios, pueblos, etc. Lo que quiere decir que las personas que se encuentren en esta ¡°modalidad¡± s¨ª que tienen permitido salir de sus casas.
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