CORONAVIRUS
Fase 2 en Asturias: qu¨¦ se puede hacer, cu¨¢ndo empiezan las restricciones y cu¨¢nto duran
Las nuevas medidas, que solo excluyen al ¨¢mbito cultural, entraron en vigor la pasada medianoche y permanecer¨¢n durante los pr¨®ximos 15 d¨ªas.
El presidente del Principado de Asturias, Adri¨¢n Barb¨®n, anunci¨® que la regi¨®n retroceder¨ªa a una fase dos "modificada" para reducir la incidencia acumulada del coronavirus hasta situarla por debajo de los 100 casos por 100.000 habitantes en un periodo de 14 d¨ªas. "Si la situaci¨®n no se controla, no descarto en modo alguno, es algo que nuestros expertos est¨¢n analizando tanto Salud P¨²blica como Vigilancia Epidemiol¨®gica, la solicitud de declaraci¨®n de estado de alarma", ha advertido Barb¨®n. Estas nuevas medidas entraron en vigor la pasada medianoche y se mantendr¨¢n durante las dos pr¨®ximas semanas,?.
?Qu¨¦ medidas se establecen?
El ¨²nico ¨¢mbito que no quedar¨¢ afectado por las nuevas medidas ser¨¢ el cultural. En esta l¨ªnea, el presidente regional aclar¨® que no se introducen restricciones de aforos en cines, teatros o actividades culturales porque "se ha visto que ah¨ª no hay brotes. No est¨¢n surgiendo brotes en ese tipo de actividades". Por lo dem¨¢s, los ciudadanos ver¨¢n notablemente limitadas su movilidad y opciones de actividades.
Autoconfinamiento
La regi¨®n ha recomendado a la poblaci¨®n que aumente los per¨ªodos de confinamiento en su domicilio y limite su actividad social. En este sentido, aconseja disminuir la movilidad entre diferentes zonas de Asturias a no ser estrictamente necesario.
Asimismo, se recomienda limitar la participaci¨®n en encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. Lo que implicar¨ªa cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada fundamental y que pudiera ser postergable. En caso de celebrarse, es preferible hacerlo en espacios abiertos y bien ventilados y la reuni¨®n se limitar¨¢ a un m¨¢ximo de seis personas, excepto en caso de personas convivientes. En cualquier caso, deber¨¢ utilizarse de forma obligatoria la mascarilla en las reuniones en el ¨¢mbito p¨²blico. En las reuniones en el ¨¢mbito privado, si se trata de un solo grupo de convivencia estable, no ser¨¢ obligatorio el uso de la mascarilla, siendo recomendable cuando haya personas ajenas a un ¨²nico grupo de convivencia.
Respecto a la presentaci¨®n de nuevas solicitudes para la celebraci¨®n de eventos y actividades multitudinarias, si son solicitudes presentadas antes de resoluci¨®n, pueden celebrarse si no se pueden suspender, extremando las medidas de precauci¨®n y reevaluar el riesgo dada la situaci¨®n. En particular, se recomienda no celebrar actividades sociales en las que circunstancialmente pueda no usarse mascarilla y que supongan interacci¨®n social. Adem¨¢s, se proh¨ªbe la celebraci¨®n de actividades l¨²dicas oto?ales durante el plazo de efectividad de la presente Resoluci¨®n.
Ceremonias y lugares de culto
Los velatorios podr¨¢n realizarse en todo tipo de instalaciones, p¨²blicas o privadas, con un l¨ªmite m¨¢ximo de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios interiores, sean o no convivientes. La participaci¨®n en la comitiva para el enterramiento o cremaci¨®n se restringe a un m¨¢ximo de veinticinco personas.
En cuanto a celebraciones como bodas, comuniones y otras ceremonias religiosas y civiles asimiladas, se recomienda posponerlas hasta que finalice el periodo de restricciones. No obstante, estas ceremonias podr¨¢n realizarse en todo tipo de instalaciones, p¨²blicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 50% de su aforo.
Durante el plazo de efectividad de esta Resoluci¨®n, es aconsejable tambi¨¦n posponer ceremonias y eventos relacionados con el D¨ªa de Todos los Santos, as¨ª como el acceso a los cementerios.
Hosteler¨ªa y restauraci¨®n
En los establecimientos de hosteler¨ªa, restauraci¨®n y terrazas no estar¨¢ permitido el consumo en las barras. Solo se permitir¨¢ el servicio en barra para la recogida de comida a domicilio. Adem¨¢s, tanto en el interior como en el exterior se consumir¨¢ sentado en mesa o agrupaciones de mesas, cuya presencia estar¨¢ restringida a un m¨¢ximo de 6 personas en interior y exterior.
Los locales deber¨¢n cumplir rigurosamente las medidas de ventilaci¨®n y climatizaci¨®n en espacios interiores, as¨ª como normativa relativa a la ocupaci¨®n y la distancia de las mesas y del uso de las mascarillas. Se recomienda que, a la distancia de 1,5 metros entre mesas, se a?ada la existente entre las mesas y el respaldo de las sillas.
Por otra parte, se proh¨ªbe la venta de alcohol en las gasolineras y establecimientos y locales comerciales minoristas a partir de las 22:00.
Deporte
Se mantendr¨¢n las actividades en instalaciones deportivas bajo cita previa, las actividades grupales realizadas en gimnasios solo podr¨¢n desarrollarse para un m¨¢ximo de 10 personas y todas las personas que trabajen o acudan a instalaciones deportivas deber¨¢n autorregistrar de forma diaria el listado de personas que son sus contactos estrechos (convivientes y personas con las que han permanecido a menos de dos metros, durante m¨¢s de quince minutos sin protecci¨®n). Adem¨¢s, no se podr¨¢ hacer uso de las duchas y los vestuarios en la instalaci¨®n.
Respecto a los entrenamientos de las disciplinas deportivas federadas, en aquellos donde durante alg¨²n momento de la pr¨¢ctica no se pueda asegurar la distancia de seguridad ser¨¢ obligatorio el uso de mascarilla, con la ¨²nica excepci¨®n de las circunstancias que exijan un aporte adicional elevado de ox¨ªgeno. No se permite la asistencia de p¨²blico a las actividades de entrenamiento, incluyendo las categor¨ªas menores de edad.
Centros y parques comerciales
Los centros o parques comerciales abiertos al p¨²blico no podr¨¢n superar el 25% por ciento del aforo en sus zonas comunes y recreativas y deber¨¢n garantizar en todo momento las medidas para evitar agrupaciones de personas y el estricto cumplimiento de la distancia interpersonal.
Residencias de personas mayores y centros sociosanitarios
En las residencias de personas mayores y centros sociosanitarios se reforzar¨¢n los sistemas de protecci¨®n, aunque se considera fundamental tener en cuenta aspectos relacionados con la movilidad y la salud emocional de las personas residentes. As¨ª, las personas trabajadoras deber¨¢n autorregistrar de forma diaria el listado de personas que son sus contactos estrechos para tener conciencia de la necesidad de minimizar el n¨²mero de contactos estrechos y para facilitar recordar cu¨¢l es el c¨ªrculo de contactos estrechos en caso de que una persona trabajadora fuera un caso confirmado
Centros educativos
Se priorizar¨¢n las posibilidades del teletrabajo y se valorar¨¢ la formaci¨®n telem¨¢tica no presencial en la Universidad. En el resto de centros educativos, se actuar¨¢ seg¨²n lo dispuesto en los protocolos vigentes, suspendiendo la actividad presencial solamente en aquellos casos previstos en los mismos.
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