Despidos despu¨¦s de un ERTE: ?me pueden despedir tras volver al trabajo?
El Gobierno prorrog¨® la duraci¨®n de los ERTE hasta el 31 de enero. La normativa habla de la prohibici¨®n de despido en seis meses, pero hay excepciones.
El Gobierno?prorrog¨® las ayudas a los ERTE hasta el pr¨®ximo 31 de enero. El gran volumen de contagios que existe en Espa?a, con la segunda ola golpeando a todo el pa¨ªs oblig¨® a finales de septiembre a extender esas ayudas en un documento que fue acordado y apoyado por patronal y sindicatos. Ahora, con la pandemia descontrolada, con las restricciones en aumento, con toque de queda nocturno, con cierres de establecimientos de hosteler¨ªa y limitaciones horarios y con el confinamiento domiciliario sobrevolando por el ambiente, la prolongaci¨®n de esta cobertura cobra a¨²n m¨¢s sentido.
El documento establece sobre la prohibici¨®n de despidos?permanecer¨¢ vigente. El?art¨ªculo fija que la fuerza mayor y las causas econ¨®micas, t¨¦cnicas y organizativas y de producci¨®n en las que se amparan las medidas de suspensi¨®n de contratos y reducci¨®n de jornada "no se podr¨¢n entender como justificativas de la extinci¨®n del contrato de trabajo ni del despido".?
Pero la gran duda que afrontan los trabajadores es si pueden ser despedidos una vez el ERTE llegue a su fin.?La disposici¨®n adicional sexta del primer real decreto-ley, obliga a la empresa a mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudaci¨®n de la actividad, es decir "desde la reincorporaci¨®n al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando este sea total o solo afecte a parte de la plantilla". La empresa ha recibido durante el ERTE unos beneficios como las exenciones a la Seguridad Social para sobrellevar las cargas econ¨®micas en una situaci¨®n de fuerza mayor.?
?En qu¨¦ casos podr¨¢ la empresa despedir?
Eso s¨ª, la empresa s¨ª podr¨ªa despedir si la extinci¨®n del contrato se produce por "dimisi¨®n", "despido procedente", "jubilaci¨®n o incapacidad permanente total" o por el fin del contrato fijo-discontinuo que tienen algunos trabajadores. Por tanto, la empresa que haya hecho un ERTE deber¨¢ mantener el trabajo durante seis meses desde la reanudaci¨®n de la actividad, pero podr¨¢ despedir en los casos detallados.
Empresas en riesgo
Asimismo, La prohibici¨®n de despedir a los trabajadores afectados por el ERTE durante los pr¨®ximos seis meses tampoco se aplicar¨¢ cuando las empresas demuestren que est¨¢n en riesgo de caer en el concurso de acreedores o se encuentren en alta variabilidad o estacionalidad en el empleo.?
En este caso, la Ley contempla que si la empresa presenta un ERE por cierre despu¨¦s de haber presentando un ERTE podr¨¢ despedir, recibiendo los trabajadores indemnizaci¨®n por despido y las prestaciones por desempleo que les correspondan.
Trabajadores que no han estado en ERTE
Los trabajadores que no est¨¢n exentos de ser despedidos son aquellos que forman parte de una empresa que ha acudido al?Expediente de Regulaci¨®n de Empleo Temporal (ERTE), pero no se han visto afectados por el mismo. Seg¨²n el BOE, la acotaci¨®n se reduce a los empleados afectados por esa medida, pero no es extrapolable al resto de trabajadores que no han variado sus condiciones, por lo que s¨ª pueden ser despedidos.