Confinamiento en Madrid: ?se puede salir de la provincia con las restricciones de movilidad?
Las nuevas restricciones comenzar¨¢n el pr¨®ximo 21 de septiembre y afectar¨¢n a cerca de 800.000 ciudadanos de la capital espa?ola.
Las ocho nuevas zonas b¨¢sicas de salud ver¨¢n restringida su movilidad a partir del pr¨®ximo lunes, cuando entrar¨¢n en vigor las restricciones. El viceconsejero de Sanidad, Antonio Zapatero, ha anunciado as¨ª, que zonas pertenecientes a los distritos de San Blas-Canillejas, Usera, Puente de Vallecas y Vic¨¢lvaro y a los municipios de Alcorc¨®n y Fuenlabrada se sumar¨¢n a las 37 zonas con restricciones desde el pasado lunes.
En las zonas no confinadas, la Comunidad de Madrid solo ha hecho recomendaciones de evitar cualquier desplazamiento no necesario, as¨ª como fomentar el teletrabajo y la entrada escalonada en las empresas. Sin embargo, no hay ninguna limitaci¨®n en cuanto a entrar y salir de la Comunidad de Madrid, ya que la ¨²nica restricci¨®n que ese est¨¢ aplicando en toda la regi¨®n desde el pasado lunes es la limitaci¨®n a 6 del n¨²mero personas en las reuniones.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha manifestado en una rueda de prensa simult¨¢nea a la del viceconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid su desacuerdo con las medidas adoptadas: "Corresponde tomar medidas a la comunidad y yo quiero poner en valor las recomendaciones que ha hecho el Gobierno, que pensamos que son las que hab¨ªa que tomar en Madrid". Un nuevo estado de alarma en Madrid s¨ª podr¨ªa limitar las entradas y salidas de la regi¨®n.?
?Qu¨¦ actividades cotidianas se pueden hacer?
Como con las medidas que entraron en vigor la semana, son muchos los ciudadanos que sufrir¨¢n las restricciones que ahora se hacen preguntas sobre si pueden realizar actividades como viajar fuera de la provincia, ir a trabajar o hacer deporte. Seg¨²n las limitaciones anunciadas por el Ejecutivo auton¨®mico, existen una serie de excepciones para entrar y salir de estas zonas.
Son las siguientes: asistencia a servicios sanitarios, acudir al trabajo, asistencia a centros docentes y educativos, retorno a la residencia habitual, cuidado de personas mayores, menores y dependientes, desplazarse a entidades financieras, acudir a los juzgados u organismos p¨²blicos, renovar permisos y documentaci¨®n, realizar ex¨¢menes y causas de fuerza mayor o situaci¨®n de necesidad.