Plan ¡®Me Cuida¡¯ de Trabajo: qu¨¦ es, c¨®mo pedir y hasta cu¨¢ndo se puede solicitar
El Gobierno lanz¨® en marzo esta iniciativa para adaptar la jornada laboral a aquellos que tengan que atender a alguien afectado por el coronavirus.
Uno de los grandes debates en materia laboral, derivado de la crisis de la COVID-19, es la jornada de trabajo. Especialmente, en aquellos casos en los que, por motivos de salud de alg¨²n familiar o persona cercana a la que atender en relaci¨®n al coronavirus, el trabajador tenga que quedarse en casa y no pueda salir para realizar su jornada diaria con normalidad. De momento, lo ¨²nico que ha ofrecido el Gobierno es el plan ¡®Me Cuida¡¯.
?Puede quedarse un progenitor en casa a cuidar de su hijo si ha dado positivo o debe pasar una cuarentena? La clase pol¨ªtica lleva debatiendo varias semanas sobre esta cuesti¨®n sin llegar a un acuerdo, y mientras la vuelta al cole ya ha llegado. Por eso, ante la falta de consenso, el ¨²nico plan al que acogerse es el ¡®Me Cuida¡¯ lanzado por el Ministerio de Trabajo al declararse el Estado de Alarma. Este permite a los trabajadores por cuenta ajena poder ajustar su jornada laboral en caso de tener que atender a su c¨®nyuge, pareja de hecho o familiar de hasta segundo grado de consanguinidad. Eso s¨ª, siempre en caso de ¡°cuidado personal y directo como consecuencia directa de la COVID-19¡±, y por razones de edad, enfermedad o discapacidad.
?En qu¨¦ consiste?
Los cambios que se contemplan son reducci¨®n de la jornada, horario flexible, cambio de turno, teletrabajo, partici¨®n de la jornada, cambio del centro de trabajo o cambio de las funciones que se realizan. Es importante saber que en el caso de una reducci¨®n de la jornada ir¨¢ acompa?ada siempre de una disminuci¨®n del salario de manera proporcional.
Por otro lado, en ning¨²n momento se contempla que el programa permita los despidos, pero s¨ª que se aclara que la reducci¨®n de la jornada puede ser como m¨¢ximo del 100%.
?C¨®mo y hasta cu¨¢ndo se pide?
Para empezar, debe hacerse y comunicarse con al menos 24 horas de antelaci¨®n. Adem¨¢s, es aplicable aunque el trabajador ya haya pedido una modificaci¨®n anterior de su jornada laboral acogi¨¦ndose a alguno de los casos que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores (por ejemplo, el cuidado de los hijos).
El plan fue ideado y puesto en marcha hace ya varios meses, desde marzo, pero a¨²n puede utilizarse, ya que ha sido prorrogado varias veces y tiene vigencia hasta el 22 de este mes de septiembre. No obstante, como ya ocurriera con anterioridad, la ministra de Trabajo ha confirmado que existe la posibilidad de una nueva ampliaci¨®n, aunque es algo que se est¨¢ negociando con patronal y sindicatos junto a la regulaci¨®n del teletrabajo y la pr¨®rroga de los ERTE.
Para una mayor informaci¨®n, el plan se encuentra en el Real Decreto-ley 8/2020, que incluye todas de medidas ideadas para frenar el impacto econ¨®mico y social de la COVID-19. En ¨¦l se especifica, por ejemplo, que ¡°empresa y persona trabajadora deber¨¢n hacer lo posible por llegar a un acuerdo¡±. Tambi¨¦n afirma que la iniciativa debe venir de la persona trabajadora, que debe hacer una petici¨®n o una propuesta de manera ¡°razonable y proporcionada".
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