CORONAVIRUS

C¨®mo reclamar dinero por los vuelos cancelados de TUI y otras aerol¨ªneas

ANTHONY DEVLIN

El Reglamento Europeo 261/2004 establece que las compa?¨ªas a¨¦reas deben reembolsar el importe ¨ªntegro de los billetes si los vuelos son cancelados.

Con el avance de la pandemia y los nuevos rebrotes, muchos pa¨ªses han recomendado a sus turistas no viajar a Espa?a por la posibilidad de nuevos contagios de la COVID-19. Esto ha hecho que muchas de las personas que iban a veranear en nuestro pa¨ªs hayan cancelado sus vacaciones o bien que hayan sido las propias aerol¨ªneas las que han suspendido sus vuelos a Espa?a.

Este ha sido el caso de la compa?¨ªa brit¨¢nica TUI, que decidi¨® cancelar el pasado domingo todos sus vuelos a la pen¨ªnsula hasta el d¨ªa 9 de agosto. Esta decisi¨®n ha sido tomada despu¨¦s de que Reino Unido, as¨ª como otros pa¨ªses, haya recomendado a sus turistas no viajar al territorio espa?ol, a excepci¨®n de las Islas Canarias y Baleares.

Adem¨¢s, en Reino Unido, todo aquel que viaje a nuestro pa¨ªs, deber¨¢ guardar una cuarentena obligatoria de 14 d¨ªas en su regreso a su lugar de origen.

C¨®mo reclamar el dinero del billete

La cancelaci¨®n de vuelos a lo largo de toda la crisis del coronavirus ha sido inmensa y muchas compa?¨ªas han hecho o¨ªdos sordos en cuanto al reembolso del dinero de los billetes. Algunas han ofrecido bonos, pero lo cierto es que est¨¢n en la obligaci¨®n de devolver el importe ¨ªntegro a los clientes.

El Reglamento Europeo 261/2004, que rige las operaciones de las aerol¨ªneas europeas, establece "el derecho del cliente a recibir un reembolso del billete o de un transporte alternativo. Y en caso de escoger la primera opci¨®n, la entidad deber¨¢ abonar el importe en el plazo de siete d¨ªas".

En el caso de que las compa?¨ªas a¨¦reas no se hagan cargo de la asistencia o del reembolso de los billetes, los afectados podr¨¢n presentar una reclamaci¨®n a la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU).