Aut¨®nomos: qu¨¦ significa la exoneraci¨®n en las cuotas y c¨®mo solicitar
Los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido que cerrar por el estado de alarma o sufrido una ca¨ªda en sus ingresos podr¨¢n beneficiarse de ella.
El Gobierno ha aprobado esta semana prorrogar la prestaci¨®n extraordinaria por cese de actividad por fuerza mayor o p¨¦rdida de ingresos para los aut¨®nomos hasta la vuelta del verano. Este subsidio, que ya han recibido 1,4 millones de trabajadores por cuenta propia, es una ayuda para aquellas personas que se hayan visto m¨¢s perjudicadas por el frenazo econ¨®mico tras la pandemia, y permite adem¨¢s que los beneficiarios queden exonerados de pagar la cuota de la Seguridad Social. La prestaci¨®n dura un mes, pero se podr¨¢ prorrogar, y se calcula con el 70% de la base reguladora o con el 70% de la base m¨ªnima cuando no se pueda acreditar el per¨ªodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n para tener derecho a la prestaci¨®n.
Podr¨¢ solicitarla cualquier trabajador aut¨®nomo inscrito en el r¨¦gimen correspondiente que se viese afectado por el cierre de negocios debido al estado de alarma o cuya facturaci¨®n haya ca¨ªdo un 75% respecto a la media mensual del anterior semestre. Los solicitantes tendr¨¢n que estar al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social o abonar los pagos debidos en un plazo de 30 d¨ªas naturales si no se cumple esa condici¨®n. Se puede pedir ante la mutua con la que los aut¨®nomos tengan cubiertos sus riesgos profesionales o ante el Servicio P¨²blico de Empleo (SEPE), en ambos casos por v¨ªa telem¨¢tica.
Ayuda suplementaria a los m¨¢s afectados por el cierre
Esta medida extraordinaria desaparecer¨¢ el pr¨®ximo 1 de julio, pero aquellos aut¨®nomos que se hayan visto m¨¢s afectados por la situaci¨®n podr¨¢n cobrar la prestaci¨®n por cese de actividad hasta el 30 de septiembre, incluso con el negocio abierto. A cambio, deber¨¢n abonar ¨ªntegra la cuota a la Seguridad Social. Los que no se encuentren en esta situaci¨®n podr¨¢n beneficiarse a cambio de una rebaja en su cuota durante los pr¨®ximos meses que ser¨¢ del 100% en julio, del 50% en agosto y del 25% en septiembre.
Adem¨¢s de para los dos supuestos anteriores, el cese de actividad por fuerza mayor y la p¨¦rdida de ingresos, el Gobierno ha establecido una nueva prestaci¨®n para los aut¨®nomos de temporada. Podr¨¢n acceder a ella aquellos trabajadores por cuenta propia cuya ¨²nica ocupaci¨®n se hubiese desarrollado entre los meses de marzo y octubre, con al menos cinco meses de cotizaci¨®n en cada ejercicio, y que no hayan estado de alta como trabajadores por cuenta ajena m¨¢s de 120 d¨ªas entre 2018 y 2019.
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