CORONAVIRUS

Tiendas y locales comerciales en fase 3: aforo, horarios de atenci¨®n y medidas

Aunque la gran mayor¨ªa de Espa?a todav¨ªa est¨¢ entre la etapa 1 y 2, el Gobierno ha flexibilizado algunas normativas para la pen¨²ltima etapa de la desescalada.

Solamente alrededor de 45.000 afortunados podr¨¢n disfrutar a partir del pr¨®ximo lunes 1 de junio de la fase 3. Ser¨¢n los habitantes de La Gomera, El Hierro, Formentera y La Graciosa. Con motivo de este adelanto respecto al inmensa mayor¨ªa del territorio nacional, el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) ha regulado la normativa para las tiendas y locales comerciales minoristas

Condiciones

En cuanto al aforo, ser¨¢ necesario "que se reduzca al cincuenta por ciento el aforo total en los establecimientos y locales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deber¨¢ guardar esta misma proporci¨®n".

Los centros comerciales podr¨¢n reabrir sus zonas comunes y zonas recreativas limitando el aforo al 50%. Las tiendas situadas dentro del centro fijar¨¢n tambi¨¦n un l¨ªmite de aforo del 50%.

Tambi¨¦n ser¨¢ necesario guardar "una distancia m¨ªnima de dos metros entre clientes. En los locales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitir¨¢ ¨²nicamente la permanencia dentro del local de un cliente". Adem¨¢s, los mayores de 65 a?os deber¨¢n contar un horario de atenci¨®n priotario.

En cuanto a los locales que tengan posibilidad de recoger productos adquiridos por v¨ªa telef¨®nica o electr¨®nica, "podr¨¢n establecer, en su caso, sistemas de recogida en el establecimiento de los productos adquiridos por tel¨¦fono o Internet, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o su acceso". Tambi¨¦n existe la posibilidad de establecer un reparto a domicilio para determinados colectivos.

Por ¨²ltimo, para los mercadillos "se garantizar¨¢ la limitaci¨®n a la mitad de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros". Los Ayuntamientos podr¨¢n aumentar la superficie destinada o habilitar nuevos d¨ªas siempre que se cumplan las mismas limitaciones.

Tambi¨¦n se priorizar¨¢n a aquellos vendedores que "comercializan productos alimentarios y de primera necesidad, asegurando que no se manipulen los productos comercializados en los mismos por parte de los consumidores".

Limpieza e higiene

Todos aquellos locales que tengan apertura al p¨²blico, "realizar¨¢n al menos dos veces al d¨ªa, una limpieza y desinfecci¨®n de las instalaciones con especial atenci¨®n a las superficies de contacto m¨¢s frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, m¨¢quinas dispensadoras, suelos, tel¨¦fonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares caracter¨ªsticas".

Una de las limpiezas se realizar¨¢ al finalizar el d¨ªa, o bien antes de la reanudaci¨®n de la actividad al d¨ªa siguiente. Los horarios de cierre por limpieza "se comunicar¨¢n debidamente al consumidor por medio de carteler¨ªa visible o mensajes por megafon¨ªa".

Cuando haya una sustituci¨®n de empleados, "se realizar¨¢ una limpieza y desinfecci¨®n de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atenci¨®n a mostradores y mesas u otros elementos de los puestos en mercadillos, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas t¨¢ctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulaci¨®n, prestando especial atenci¨®n a aquellos utilizados por m¨¢s de un trabajador".

Tambi¨¦n ser¨¢ necesario revisar cada hora el funcionamiento y la limpieza de los servicios, grifos o pomos en los aseos. Respecto a las m¨¢quinas de venta autom¨¢tica, "el titular de las mismas deber¨¢ asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfecci¨®n adecuadas tanto de las m¨¢quinas como de los establecimientos y locales, as¨ª como informar a los usuarios de su correcto uso mediante la instalaci¨®n de carteler¨ªa informativa".