CORONAVIRUS
Ayudas para el alquiler: c¨®mo se piden, qui¨¦n puede solicitarlas y a cu¨¢nto dinero ascienden
El BOE de este viernes contiene la orden ministerial con las condiciones para que aquellos inquilinos en una situaci¨®n de vulnerabilidad puedan acceder a los cr¨¦ditos.
Desde este viernes quedaron definidas las condiciones en que los inquilinos en situaci¨®n de vulnerabilidad podr¨¢n acceder a la l¨ªnes de cr¨¦ditos dispuesta por el Estado para ayudarles en el pago de sus alquileres. La orden ministerial que fija las mismas se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado.
B¨¢sicamente la configuraci¨®n de la ayuda, que estar¨¢ dotada con 1.200 millones, se basar¨¢ en que una entidad de cr¨¦dito suscriba un pr¨¦stamo a un inquilino. Mediante ese acuerdo, ser¨¢ la entidad la que abone el pago del alquiler directamente al arrendatario. La devoluci¨®n de las cantidades prestadas tendr¨¢ un horizonte de devoluci¨®n de seis a?os ampliables a otros cuatro. El inter¨¦s no podr¨¢ ser superior al 1,5% TAE y ser¨¢ el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana quien se haga cargo de ese cap¨ªtulo, as¨ª como de los gastos de gesti¨®n.
?C¨®mo se solicita la ayuda?
Para acceder a los pr¨¦stamos se deber¨¢ acudir a una entidad bancaria. A falta de que se publique el listado de las que ofrecen esta ayuda, lo cierto es que la gran mayor¨ªa est¨¢n tramitando las l¨ªneas de cr¨¦ditos del ICO dispuestas anteriormente con otros fines. Habr¨¢ que aportar una serie de documentos que demuestren la situaci¨®n de vulnerabilidad y que se pueden encontrar en la orden ministerial publicada en el BOE. Tambi¨¦n ser¨¢ valida una declaraci¨®n responsable, que se deber¨¢ respaldad con los otros documentos antes de que se cumplan tres meses desde la finalizaci¨®n del estado de alarma.
?Qui¨¦n puede solicitarla?
Habr¨¢ que cumplir tres requisitos esenciales para tener derecho a los cr¨¦ditos. Por un lado, el arrendatario o alguno de los miembros del n¨²cleo familiar deber¨¢ haber sufrido una reducci¨®n de ingresos como consecuencia de la situaci¨®n sanitaria por ejemplo al estar en paro, afectado por un ERTE, por una reducci¨®n de jornada debida a la necesidad de cuidados de otra persona, cese de actividad como aut¨®nomo. Por otro, el conjunto de ingresos en la familia deber¨¢ haber estado por debajo de los 2.743 euros en el mes anterior a la solicitud. Por ¨²ltimo, el coste de alquiler, gastos y suministros b¨¢sicos (tel¨¦fono, agua, gas, electricidad, etc) deber¨¢ ser igual o mayor que el 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la familia. De dicha unidad familiar se considerar¨¢n miembros el arrendador y su pareja y los hijos y sus respectivas parejas que residan en la vivienda, sin tener en cuenta la edad.
?A cu¨¢nto dinero asciende?
El m¨¢ximo de financiaci¨®n que se podr¨¢ solicitar ser¨¢ de seis cuotas mensuales de alquiler con un l¨ªmite de 900 euros al mes (en total 5.400 euros). El plazo de devoluci¨®n ser¨¢ en principio de seis a?os, ampliable a otros cuatro. Esa pr¨®rroga podr¨¢ pedirse a partir de los tres a?os desde la concesi¨®n del cr¨¦dito y hasta seis meses antes de la finalizaci¨®n de los seis estipulados inicialmente. Se podr¨¢ cancelar el pr¨¦stamo o realizar amortizaciones anticipadas sin consecuencias en forma de gastos ni comisiones.
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