Barcelona regula la pr¨¢ctica del surf, el SUP y el windsurf
La nueva regulaci¨®n prohibe la pr¨¢ctica de estos deportes con muy mala mar y deja a criterio de los cuerpos de seguridad eel resto de casos.
La pol¨¦mica del surf en Barcelona viene de lejos. No han sido pocas las veces que la polic¨ªa ha sacado del agua e incluso multado a surfistas por practicar este deporte cuando hay temporal y, en consecuencia, olas. Al no haber una regulaci¨®n espec¨ªfica, siempre ha habido debate entorno a estos sucesos. El Ayuntamiento de Barcelona tambi¨¦n lo ten¨ªa claro y as¨ª lo refleja en el pre¨¢mbulo del nuevo Decreto de alcaldia por el cual se establecen las medidas de regulaci¨®n del uso deportivo de las playas de Barcelona:
"Uno de los aspectos que necesita ser ordenado urgentemente es la pr¨¢ctica del surf, el SUP y el windsurf. Actualmente la normativa municipal no establece con claridad los criterios para la realizaci¨®n de estas actividades y sit¨²a a los deportistas, y a los cuerpos de seguridad, en una situaci¨®n de gesti¨®n compleja".
En este contexto, el Decreto publicado en el BOPB dice lo siguiente en su Art¨ªculo 3, el relacionado con la pr¨¢ctica del surf, el paddle surf (o SUP) y el windsurf:
Lo primero que establece es que de acuerdo con el Decret 56/2003, del 20 de febrero, por el cual se regulan las actividades fisicodeportivas en el medio natural, estos deportes son de pr¨¢ctica deportiva n¨¢utica.
Lo segundo es que en general est¨¢ permitida la pr¨¢ctica del surf, el SUP y el windsurf en situaci¨®n de Pre-Alerta y Alerta del Pla B¨¤sic d'Emerg¨¨ncia Municipal por mal estado del mar (PAEM) y en estos casos es responsabilidad del propio deportista la pr¨¢ctica del deporte. No obstante, cuerpos y fuerzas de seguridad, excepcionalmente, pueden prohibir esta pr¨¢ctica si perciben que hay un riesgo grave y concreto para la seguridad de las personas.
Tambi¨¦n dice que no est¨¢ permitida la pr¨¢ctica del surf, el paddle surf o el windsurf cuando se active la fase de Emergencia del PAEM.
Por ¨²ltimo pide fomentar que se posean licencias federativas o seguros y establece que en temporada media y alta, cuando la zona de ba?o est¨¦ delimitada por boyas, esta zona es exclusiva para ba?istas. Con bandera verde y amarilla, por el rieso que supone para los ba?istas, no se permiten estas pr¨¢cticas en la zona de ba?o. Solamente fuera de la zona marcada por las boyas. El acceso a la parte exterior de las boyas hay que hacerlo obligatoriamente por los canales establecidos para embarcaciones.
El Decreto ha generado tambi¨¦n debate en la comunidad del surf de Barcelona. Por un lado reconoce el surf como un deporte n¨¢utico y lo diferencia de los ba?istas, permiti¨¦ndoles entrar al agua en fase de prealerta y alerta del PAEM. Pero por otro, sin embargo, sigue dejando a criterio de las fuerzas de seguridad, a menudo sin cultura de surf, que puedan prohibir el uso del surf. Y habr¨¢ que ver tambi¨¦n si se es muy estricto con el tema de las boyas. Aunque las olas no son habituales en el verano mediterr¨¢neo, podr¨ªa ser el fin de las contadas sesiones de surf en ba?ador.
Cabe decir, por ¨²ltimo, que las medidas no entrar¨¢n en vigor hasta oto?o.