Montar en bicicleta en fase 2: horarios, d¨®nde se puede y cu¨¢ntas personas pueden ir
Los deportistas federados y no federados podr¨¢n realizar su actividad dentro de los l¨ªmites de la provincia en la que residan.
Este mi¨¦rcoles 27 de mayo ha sido publicada en el BOE la Orden SND 445 mediante la cual se flexibilizan las limitaciones para la pr¨¢ctica deportiva al aire libre en los territorios que se encuentran en la Fase 2 de la desescalada. Esta nueva orden tendr¨¢ efecto inmediato, por lo que seg¨²n las interpretaciones de la RFEC las condiciones para practicar ciclismo durante la Fase 2 ser¨¢n las siguientes:
-Se podr¨¢ practicar actividad f¨ªsica al aire libre en grupos de hasta 15 personas, pero manteniendo la distancia de seguridad y, en caso de que no se pueda respetar esta, deber¨¢ usarse una mascarilla.
-Los deportistas que no pertenezcan al grupo de deportistas profesionales, DAR o DAN podr¨¢n realizar actividad f¨ªsica al aire libre durante la Fase 2 en cualquier franja horaria, a excepci¨®n de en la estipulada para que los mayores de 70 a?os paseen o lleven a cabo actividad f¨ªsica (de 10 a 12 horas y de 19 a 20 horas). Los deportistas federados y no federados podr¨¢n realizar su actividad dentro de los l¨ªmites de la provincia en la que residan.
-Los deportistas federados y no federados podr¨¢n desplazarse para realizar actividad f¨ªsica, si fuera necesario, a aquellos espacios naturales (dentro de su provincia) en los que deban desarrollar su actividad deportiva.
La Orden SND 445 del BOE, publicada hoy, no establece modificaciones en las condiciones para la pr¨¢ctica de deporte al aire libre en aquellos territorios que se encuentran en Fase 1, por lo que estas siguen siendo las mismas. Cabe se?alar que la Federaci¨®n Espa?ola de Ciclismo (RFEC) ha aprovechado en su comunicado oficial para hacer un llamamiento a todo el colectivo ciclista a seguir acatando estrictamente las normas y mostrando una actitud c¨ªvica acorde a las circunstancias.