Ocho jugadores de la Liga Endesa bajo derecho de tanteo
Tres son del Kirolbet Baskonia y tres del Valencia. Se abre el plazo de 13 d¨ªas para que puedan recibir ofertas. Los clubes de origen tendr¨¢n 5 para igualarlas.
Una vez finalizado el plazo para la presentaci¨®n de ofertas cualificadas, la ACB anuncia la lista de jugadores cuya contrataci¨®n est¨¢ sujeta al derecho de tanteo por parte del club de origen as¨ª como aquellos jugadores que recibieron oferta cualificada en su d¨ªa y que han comunicado su intenci¨®n de regresar a las competiciones ACB para la temporada 2020-21.
Conforme al procedimiento de contrataci¨®n establecido en el IV Convenio Colectivo, el plazo de 13 d¨ªas para presentar documentos de oferta sobre aquellos jugadores sujetos al derecho de tanteo finalizar¨¢ el pr¨®ximo lunes 20 de julio.
Los clubes interesados en alg¨²n jugador incluido en la primera lista deber¨¢n presentar el documento de oferta en la ACB, que lo remitir¨¢ al club de origen al d¨ªa siguiente, para que, dentro del plazo de 5 d¨ªas naturales ejercite, si lo desea, su derecho de pr¨®rroga. Las condiciones del documento de oferta est¨¢n reflejadas en el Art¨ªculo 14.3 del Convenio Colectivo.
Jugadores sujetos a derecho de tanteo
Coosur Betis
Erick Green
Kirolbet Baskonia
Zoran Dragic
Patricio Garino
Shavon Shields
Monbus Obradoiro
Dejan Kravic
Valencia Basket
Aaron Doornekamp
Jordan Loyd
Mike Tobey
Detalles del derecho de tanteo
1.- Los clubs o S.A.D. disponen de un plazo de 13 d¨ªas naturales para presentar documentos de oferta sobre aquellos jugadores sujetos al derecho de tanteo, que empezar¨¢ este mi¨¦rcoles 8 de julio y finalizar¨¢ el pr¨®ximo lunes 20 de julio a las 23.59 (hora peninsular).
2.- Los clubes ofertantes deber¨¢n presentar el documento de oferta en la ACB, que lo remitir¨¢ al Club o SAD de origen al d¨ªa natural siguiente, para que dentro del improrrogable plazo de otros 5 d¨ªas naturales, ejercite su derecho de pr¨®rroga y, en consecuencia, contrate al jugador, lo que implicar¨¢ el compromiso del Club o SAD de origen de igualarle las condiciones que figuren en el documento de oferta recibido del tercero.
3.- El procedimiento de contrataci¨®n para la temporada 2020/21 finalizar¨¢ el domingo 26 de julio a las 23.59 (hora peninsular), d¨ªa ¨²ltimo para ejercer el derecho de pr¨®rroga por el club de origen, sobre aquellas ofertas que sean presentadas en el ¨²ltimo de los 13 d¨ªas disponibles para ello.
4.- Al amparo de lo previsto en el Art¨ªculo 17 del IV Convenio Colectivo, los clubes o SAD podr¨¢n ejercer y mantener indefinidamente los derechos que ostenten sobre sus jugadores, en funci¨®n de la edad que tengan en cada momento, incluso si participan en competiciones no organizadas por ACB.
Jugadores que han comunicado su intenci¨®n de retorna
Herbalife Gran Canaria
Jacob Wiley
Monbus Obradoiro
Angelo Caloiaro
Requisitos para el retorno de jugadores
1.- A partir de hoy, los Clubs o SAD dispondr¨¢n de 13 d¨ªas naturales para presentar documentos de oferta sobre estos jugadores, que est¨¢n sujetos al derecho de tanteo de sus clubs o SAD de origen. Estos documentos deber¨¢n estar suscritos por el jugador y por el legal representante del Club o SAD ofertante, e incluir¨¢n las previsiones contenidas en el anexo 2.
2.- Los clubs ofertantes deber¨¢n presentar el documento de oferta en la ACB, que lo remitir¨¢ al Club o SAD de origen al d¨ªa natural siguiente, para que dentro del improrrogable plazo de otros 5 d¨ªas naturales, ejercite su derecho de pr¨®rroga y, en consecuencia, contrate al jugador, lo que implicar¨¢ el compromiso del Club o SAD de origen de igualarle las condiciones que figuren en el documento de oferta recibido del tercero.
Tras presentar en su d¨ªa la correspondiente oferta cualificada a estos jugadores, ambos clubes han optado por la opci¨®n 2 del art¨ªculo 17.2 del IV Convenio Colectivo: mantener dicha oferta cualificada, lo que les obliga en los t¨¦rminos del art¨ªculo 14.6, es decir, si estos jugadores no reciben ninguna oferta de un Club/SAD tercero, el Club/SAD de origen deber¨¢ prorrogar el contrato que ten¨ªa con ¨¦l, a?adi¨¦ndole las condiciones de su oferta cualificada.