La multa que te puede poner tu Ayuntamiento por estar empadronado en un sitio y vivir en otro
La cuant¨ªa de la multa puede llegar hasta los 150 euros en municipios con m¨¢s de medio mill¨®n de habitantes. En caso de mudanza, se debe dar de baja en el padr¨®n de la localidad anterior.
El certificado de empadronamiento es un documento oficial expedido por los ayuntamientos de cada localidad, que acredita de manera efectiva que una persona vive en un domicilio concreto. Es fundamental para muchos tr¨¢mites oficiales.
Se trata de un tr¨¢mite obligatorio en Espa?a para la gesti¨®n de tr¨¢mites con las administraciones p¨²blicas y los bancos, as¨ª como de acceso a los servicios b¨¢sicos, como el colegio, el centro de salud y la tarjeta sanitaria, en la que va incluida la receta electr¨®nica con los medicamentos correspondientes. No solo eso, tambi¨¦n es fundamental para poder renovar o expedir DNI, pasaporte y/o carnet de conducir, matricular tu veh¨ªculo, acceder a ayudas por desempleo u obtener una vivienda de protecci¨®n oficial.
Poblaci¨®n empadronada (habitantes) | Multa (en euros) |
---|---|
Entre 5.001 y 20.000 | 3 euros |
Entre 20.001 y 50.000 | 60 euros |
Entre 50.001 y 500.000 | 90 euros |
M¨¢s de 500.000 | 150 euros |
De hecho, da igual la nacionalidad, y si la persona reside de manera legal o no en el pa¨ªs. Estar empadronado es imperativo legal. En el padr¨®n municipal figuran los datos de todos los ciudadanos que residen en ese municipio y es clave para la dotaci¨®n de servicios, elecciones, etc. En caso de mudanza a otra localidad, es necesario darse de baja en un sitio y de alta en otro.
Multas de hasta 150 euros
Si un ciudadano dispone de una vivienda de segunda residencia, tanto de compra como de alquiler, deber¨¢ elegir en cu¨¢l de los dos domicilios empadronarse. El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, contempla sanciones econ¨®micas para aquellas personas empadronadas en un municipio y que viven de otro.
A trav¨¦s del art¨ªculo 59, se contemplan las siguientes multas. Para municipios de entre 5.001 y 20.000 habitantes, la multa es de tres euros. La cantidad asciende a 60 euros si la localidad cuenta con una poblaci¨®n empadronada que oscile entre las 20.001 y las 50.000 personas. Ser¨¢ de 90 euros si la ciudad en cuesti¨®n tiene entre 50.001 y 500.000 empadronados.
La cuant¨ªa m¨¢xima es de 150 euros para municipios con m¨¢s de medio mill¨®n de habitantes. En este ¨²ltimo supuesto, en Espa?a entran ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, y M¨¢laga, las seis ciudades m¨¢s pobladas del pa¨ªs y todas ellas con m¨¢s de 500.000 habitantes.