Las operaciones sobre las que nuestro banco debe informar a Hacienda: l¨ªmites y cuant¨ªas
Estas son: operaciones por m¨¢s de 10.000 euros, pr¨¦stamos y cr¨¦ditos por m¨¢s de 6.000 euros, pagos y cobros en met¨¢lico por m¨¢s de 3.000 euros y transacciones de 500 euros sin importar la cuant¨ªa.
Las operaciones bancarias que se realizan habitualmente (transferencias, pagos o ingresos) quedan, como norma general, circunscritas al ¨¢mbito de la entidad financiera y sus clientes. No obstante, los bancos est¨¢n obligados a avisar a Hacienda cuando detecten movimientos de dinero sospechosos, ya sea por su elevado volumen o inusual frecuencia.
La finalidad principal es combatir ilegalidades como el fraude fiscal o el blanqueo de capitales. Por tanto, el ciudadano debe saber que ciertas operaciones bancarias, aunque procedan de actividades perfectamente l¨ªcitas, pueden hacer saltar las alarmas en el fisco.
Ley 7/2012
En este sentido, los bancos comunican a Hacienda el saldo de tu cuenta a final de a?o, los intereses que se han generado y tambi¨¦n tus inversiones. Estas inversiones incluyen desde los dep¨®sitos hasta los fondos de inversi¨®n, pasando por acciones.
La aprobaci¨®n de la Ley 7/2012 de 29 de octubre modific¨® la normativa tributaria en la lucha contra el fraude. Este nuevo marco legislativo obliga a los bancos a comunicar los pagos y cobros en met¨¢lico que superen los 3.000 euros, independientemente de si el ingreso se ha realizado en la ventanilla del banco o en uno de sus cajeros.
?Cu¨¢ndo comunicar¨¢ el banco tus movimientos?
Ahora bien, la regla no se aplica a las transferencias, puesto que no se consideran un ingreso en su sentido estricto. Asimismo, las aportaciones monetarias que se realicen de forma muy habitual son susceptibles de llamar la atenci¨®n de la Agencia Tributaria o, en el caso de las entidades financieras vascas, a la Hacienda Foral correspondiente.
Tambi¨¦n, el banco advertir¨¢ a Hacienda cuando detecte transacciones que incluyan billetes de 500 euros sin importar la cuant¨ªa. Aunque la emisi¨®n de estos billetes haya finalizado, su circulaci¨®n y uso siguen estando vigentes, por lo que no es ilegal disponer de ellos y emplearlo para recursos.
Otras operaciones que vigila
Hacienda tambi¨¦n vigila las operaciones que superen los 10.000 euros y los pr¨¦stamos y cr¨¦ditos de m¨¢s de 6.000 euros. Todos estos datos ofrecen al fisco una informaci¨®n generalizada sobre el manejo que los contribuyentes hacen de su dinero, para comprobar que posteriormente son reflejadas en sus cuentas fiscales.
Las comunicaciones son independientes de la informaci¨®n sobre las cuentas bancarias que, cada a?o, las entidades financieras est¨¢n obligadas a remitir a Hacienda y que, a su vez, esta reenv¨ªa a los ciudadanos para la declaraci¨®n de la Renta (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio.