El documento obligatorio que deber¨¢s tener para las deducciones en la Renta por obras de eficiencia energ¨¦tica
Entre las normas comunes a estas deducciones se encuentra la presentaci¨®n de un certificado de eficiencia energ¨¦tica. Te contamos todos los detalles para la Renta 2023-24.
La campa?a de la Renta 2023-24 comenz¨® el pasado 3 de abril y millones de espa?oles ya han presentado su declaraci¨®n. Una de las novedades de este a?o son las tres nuevas deducciones temporales por las cantidades invertidas en obras de rehabilitaci¨®n que permitan alcanzar mejoras de la eficiencia energ¨¦tica.
Todas ellas tienen algunas normas comunes. Entre ellas, la m¨¢s significativa es presentar un certificado energ¨¦tico. Se trata de un documento emitido por un t¨¦cnico especializado que refleja la demanda energ¨¦tica de un inmueble. El nivel A (verde oscuro) es el m¨¢s eficiente hasta el nivel G (rojo), el menos eficiente.
Deducci¨®n por obras para la reducci¨®n de la demanda de calefacci¨®n y refrigeraci¨®n
Esta deducci¨®n se puede aplicar con las obras en tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu titularidad que tengas arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, la alquiles antes de 31 de diciembre de 2025. El plazo para las obras va del 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
No podr¨¢s aplicar la deducci¨®n por la parte de la obra que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos an¨¢logos, ni en la parte de la vivienda que est¨¦ afecta a una actividad econ¨®mica. Dan derecho aquellas obras que permitan reducir la demanda de calefacci¨®n y refrigeraci¨®n de la vivienda en al menos un 7%.
La deducci¨®n se puede aplicar en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energ¨¦tica emitido despu¨¦s de las obras. En todo caso, el certificado deber¨¢ ser expedido antes de 1 de enero de 2025. La base de la deducci¨®n son las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 con un m¨¢ximo de 5.000 €. El porcentaje de deducci¨®n es el 20%.
Deducci¨®n por obras para la mejora en el consumo de energ¨ªa primaria no renovable
Esta deducci¨®n se puede aplicar con las obras en tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu titularidad que tengas arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, la alquiles antes de 31 de diciembre de 2025. El plazo para las obras va del 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
No podr¨¢s aplicar la deducci¨®n por la parte de la obra que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos an¨¢logos, ni en la parte de la vivienda que est¨¦ afecta a una actividad econ¨®mica. En este caso, se podr¨¢ aplicar en aquellas que permitan reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energ¨ªa primaria no renovable o bien, consigan una mejora de la calificaci¨®n energ¨¦tica de la vivienda para obtener una clase energ¨¦tica ?A? o ?B?, en la misma escala de calificaci¨®n.
La deducci¨®n se puede aplicar en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energ¨¦tica emitido despu¨¦s de las obras. En todo caso, el certificado deber¨¢ ser expedido antes de 1 de enero de 2025. La base de la deducci¨®n son las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 con un m¨¢ximo de 7.500 €. El porcentaje de deducci¨®n es el 40%.
Deducci¨®n por obras de rehabilitaci¨®n energ¨¦tica
Esta deducci¨®n se puede aplicar con las obras en las viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y que se encuentren en edificios de uso predominante residencial. No da derecho a la deducci¨®n la parte de la vivienda que est¨¦ afecta a actividades econ¨®micas. El plazo para las obras va desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Se podr¨¢ aplicar en aquellas obras que permitan reducir el consumo de energ¨ªa primaria no renovable, en un 30 por ciento como m¨ªnimo, o bien, la mejora de la calificaci¨®n energ¨¦tica del edificio para obtener una clase energ¨¦tica ?A? o ?B?, en la misma escala de calificaci¨®n.
Respecto al periodo impositivo, aplica en 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 siendo necesario para poder aplicar la deducci¨®n que se haya expedido el certificado de eficiencia energ¨¦tica emitido despu¨¦s de las obras. En todo caso, el certificado deber¨¢ ser expedido antes del 1 de enero de 2026. Respecto a la base y porcentaje de deducci¨®n: