Permiso remunerado por cuidado familiar: requisitos, d¨ªas, cuant¨ªas y qui¨¦nes podr¨ªan pedirlo
La retribuci¨®n, medida propuesta por la Ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, estar¨ªa remunerada al 100% y se aplicar¨ªa para siete d¨ªas.

Un permiso remunerado para el cuidado familiar, con el objetivo de incluirla en la Ley de Familias. Es la ¨²ltima propuesta realizada por la Ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, este jueves durante?la jornada "Una ley para proteger a todas las familias" en Caixa Forum.
En este acto, se ha presentado un Libro Blanco sobre?el nuevo marco nacional sobre el apoyo y la protecci¨®n familiar, en el que se incluyen recomendaciones de la Organizaci¨®n para la Cooperaci¨®n y el Desarrollo Econ¨®micos (OCDE) y de la Comisi¨®n Europea para analizar la actual estrategia de protecci¨®n familiar en nuestro pa¨ªs y en el que se pretende incluir una serie de recomendaciones para la elaboraci¨®n de una nueva ley.?
La ley vigente,?que es la Ley 39/1999, de 5 de noviembre,?contempla solamente dos d¨ªas libres por razones como nacimiento o fallecimiento de un hijo, accidente o enfermedad graves, u hospitalizaci¨®n de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Una medida que este Ministerio pretende ampliar ampar¨¢ndose en la recomendaci¨®n de la Directiva 2010/18/UE del Consejo, en el que se recomiendan cinco d¨ªas.?
Por otra parte, la nueva ley introduce otros cambios al respecto, como por ejemplo, la eliminaci¨®n de la obligatoriedad de que se trate de una enfermedad grave para poder acogerse a este permiso y a su retribuci¨®n, por lo que podr¨ªa aplicarse a casos de personas que hayan enfermado por COVID-19. Estos son todos los detalles de la nueva medida.
Duraci¨®n y cuant¨ªa de la retribuci¨®n
Seg¨²n declar¨® Belarra, el objetivo es que Espa?a "tiene que empezar a homologarse con otros pa¨ªses de la Uni¨®n Europea". La Ministra explic¨® que la duraci¨®n de la retribuci¨®n ser¨¢ de, al menos, siete d¨ªas por persona, aunque puede extenderse hasta los nueve d¨ªas para atender a un familiar o conviviente.
El permiso durar¨¢ siete d¨ªas si se trata del cuidado de un familiar en la misma comunidad aut¨®noma de residencia, mientras que se extender¨¢ a nueve si el familiar del que debe cuidar reside en otra comunidad aut¨®noma. Por el momento, se desconoce la cuant¨ªa de esta retribuci¨®n, que deber¨¢ debatirse en Consejo de Ministros, aunque la Ministra explic¨® que se remunerar¨¢ al 100%.?
Adem¨¢s de eliminar la condici¨®n de enfermedad grave para solicitar el subsidio, se introducir¨¢ un cambio m¨¢s, que es la extensi¨®n del permiso a cualquier conviviente de la familia, en lugar de que est¨¦ fijada ¨²nicamente para los parientes?hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, como est¨¢ establecido actualmente.
?Qui¨¦nes podr¨¢n pedirlo?
Ione Belarra argument¨® que se podr¨¢n acoger a esta retribuci¨®n aquellas personas que necesiten "quedarse en casa cuidando de sus hijos cuando han pasado una mala noche vomitando", y mencion¨® otros dos ejemplos en los que se podr¨ªa solicitar, como por ejemplo, cuando se necesita pedir el d¨ªa "para acompa?ar a tus padres al m¨¦dico o estar con tu pareja si est¨¢ enferma".