Coronavirus: las cuatro excepciones para no usar la mascarilla
El Ministerio de Sanidad establece los cuatro supuestos en los que la poblaci¨®n mayor de seis a?os no tendr¨¢ que utilizar este elemento de protecci¨®n.

La poblaci¨®n de seis a?os en adelante debe llevar de forma obligatoria mascarillas desde el pasado jueves ¡°en la v¨ªa p¨²blica, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso p¨²blico o que se encuentre abierto al p¨²blico, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros¡±, indica el Ministerio de Sanidad en su publicaci¨®n en el BOE.
La orden ministerial, sin embargo, establece cuatro excepciones en el uso de las mascarillas, adem¨¢s de los ni?os menores de seis a?os, cuya utilizaci¨®n de la mascarilla es solo recomendable. Los cuatro supuestos son los siguientes:
Excepciones en la utilizaci¨®n de mascarillas
- Personas que presenten alg¨²n tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situaci¨®n de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilizaci¨®n.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla. Estas actividades, detalla Sanidad, pueden ser la ingesta de alimentos y bebidas, as¨ª como la pr¨¢ctica de actividad f¨ªsica, por lo que el uso de mascarillas al correr o ir en bici no es obligatoria.
- Causa de fuerza mayor o situaci¨®n de necesidad. El ministerio no aclara cu¨¢les son estos casos pero se entiende que son aquellos en los que por urgencia la persona en cuesti¨®n no se ha podido poner la mascarilla.
Vigencia de la obligatoriedad de uso de las mascarillas
Desde que entr¨® en vigor la norma, ha sido frecuente ver a la gran mayor parte de la poblaci¨®n utilizando todo tipo de mascarillas, cumpliendo as¨ª la legislaci¨®n y ayudando a la contenci¨®n de la transmisi¨®n del coronavirus. Esta obligatoriedad de uso estar¨¢ vigente mientras dure el estado de alarma y sus sucesivas pr¨®rrogas. Cuando se haya levantado el estado de alarma ser¨¢ el Gobierno o las comunidades aut¨®nomas las que determinan d¨®nde, cu¨¢ndo y en qu¨¦ casos hay que seguir usando la mascarilla de forma obligatoria.
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