El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) tiene abiertos dos procedimientos relativos al Mundial de Clubes. Las determinaciones se dar¨¢n a conocer en las pr¨®ximas semanas.

As¨ª es el proceso del TAS para definir si Le¨®n jugar¨¢ o no el Mundial de Clubes

Que Le¨®n est¨¦ en el Mundial de Clubes depende del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en franc¨¦s), la m¨¢xima instancia internacional para dirimir disputas pertinentes a la materia deportiva. La participaci¨®n de Le¨®n en el torneo del verano pr¨®ximo en Estados Unidos est¨¢ sujeta al resultado de dos procedimientos que el TAS tiene sobre el escritorio ahora mismo. Uno, la apelaci¨®n del mismo Club Le¨®n a la resoluci¨®n del Comit¨¦ de Apelaci¨®n de FIFA; el otro, del Alajuelense de Costa Rica, campe¨®n vigente de la Copa Centroamericana y 15¡ã en el ranking de clubes de la Confederaci¨®n, que reclama su lugar como el quinto equipo de Concacaf en el Mundial, al considerar que la inclusi¨®n de los ¡®Esmeraldas¡¯ infringe el reglamento de la competici¨®n debido a la multipropiedad de Grupo Pachuca.
El laudo del procedimiento de Le¨®n se har¨¢ p¨²blico el 6 de mayo. Por su parte, el que corresponde al caso de Alajuelense celebrar¨¢ una audiencia el pr¨®ximo 23 de abril. La instituci¨®n costarricense est¨¢ representada por el despacho espa?ol Sportia Law, prestigiosa firma que ha entablado con ¨¦xito decenas de procedimientos ante el TAS. De hecho, fue la misma Sportia Law la que asesor¨® el proceso de Alajuelense contra FIFA, que finalmente excluy¨® a Le¨®n del Mundial de Clubes hace un mes, por considerar que la incorporaci¨®n de dos clubes propiedad del mismo grupo empresarial vulneraba la integridad de la competencia.
Ninguna parte ha querido comentar on-the-record sobre los procedimientos, por razones legales, ya que cualquier acotaci¨®n p¨²blica podr¨ªa afectar la resoluci¨®n final. No obstante, fuentes contactadas por AS USA aseveran que el panorama para Le¨®n luce muy poco favorable en ambos frentes, ya que la documentaci¨®n que brind¨® la instituci¨®n del Baj¨ªo para defender su caso contaba con membretes de Grupo Pachuca.
?C¨®mo funciona el TAS?
Existen tres tipos de procedimiento ante el TAS: ordinario (cuando un ente deportivo vincula al TAS como ¨®rgano de apelaci¨®n en sus estatutos), apelaci¨®n (cuando se han agotado las instancias normales dentro de las comisiones internas de un ente deportivo para revertir una decisi¨®n) y mediaci¨®n (la cual no dicta resoluci¨®n en un conflicto entre dos partes). El del Le¨®n es una apelaci¨®n a la exclusi¨®n del Mundial de Clubes impuesta por FIFA. El de Alajuelense es ordinario, ya que postula en su demanda que FIFA no los reconoci¨® como parte leg¨ªtima interesada de la determinaci¨®n contra Grupo Pachuca y les deneg¨® su derecho de apelaci¨®n.
En un proceso ordinario, ambas partes se ponen de acuerdo para designar a los ¨¢rbitros de un panel conformado por tres personas y el idioma en el que se llevar¨¢ a cabo el litigio. En apelaci¨®n, el TAS es el que designa al presidente del panel. Las partes tienen un m¨¢ximo de 10 d¨ªas para presentar la memoria de apelaci¨®n y 20 para aportar las pruebas y la contestaci¨®n (argumentos de defensa).
Los laudos del TAS pueden ser apelados a¨²n ante el Tribunal Federal de Suiza, aunque dicho mecanismo s¨®lo puede ser activado por abogados suizos.
La tesis de Alajuelense no s¨®lo pasa por demostrar la privaci¨®n del derecho de apelaci¨®n, sino que el TAS avale la interpretaci¨®n de los ticos de los art¨ªculos 10.4 y 11.5 del reglamento general del Mundial de Clubes. ¡®Los Manudos¡¯ esgrimen que dichos textos vetan la elegibilidad de un tercer equipo mexicano o estadounidense para participar en el torneo y establece como criterio ¡°la clasificaci¨®n correspondiente del club en cuesti¨®n¡±; es decir, el ranking, en el que Alajuelense aparece, en la 15¡ã posici¨®n, como el primer representante fuera de la Liga MX y la MLS. Este punto operar¨ªa en contra de Le¨®n.
El art¨ªculo 10.4 del reglamento al que se aferra Alajuelense
Si la Comisi¨®n Disciplinaria de la FIFA decide que dos o m¨¢s clubes no cumplen con los criterios estipulados en el apdo. 1, la Secretar¨ªa General de la FIFA decidir¨¢ cu¨¢l es el club admitido en la competici¨®n y de qu¨¦ manera se reemplazar¨¢ al que no haya sido admitido de conformidad con las siguientes reglas y tomando en cuenta, en particular, la clasificaci¨®n correspondiente del club en cuesti¨®n y el cupo correspondiente a la confederaci¨®n o federaci¨®n miembro a la que est¨¦ afiliado el club.
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