Luis Lorenzo ser¨¢ juzgado por aislar e incomunicar a su t¨ªa pol¨ªtica para controlar su patrimonio
La esposa del actor, Arancha Palomino, ser¨¢ juzgada por lo mismo con respecto a la malograda familiar a la que cuidaban en su casa.
La jueza de Instrucci¨®n n¨²mero 9 de Arganda del Rey ha propuesto juzgar al actor Luis Lorenzo y a su esposa, Arancha Palomino, por ¡°aislar¡± e ¡°incomunicar¡± a su t¨ªa Mar¨ªa Isabel para controlar su patrimonio y transferir tras su fallecimiento elevadas cantidades de dinero de sus cuentas ¡°para fines ajenos a los intereses de la finada¡±, sin concretar el delito espec¨ªfico.
As¨ª consta en un auto, al que ha tenido acceso la agencia de noticias Europa Press, en el que la magistrada acuerda transformar las diligencias abiertas contra el actor, Arancha Palomino y la cuidadora de Mar¨ªa Isabel en un procedimiento abreviado, lo que supone la finalizaci¨®n de la investigaci¨®n abierta inicialmente por un delito de homicidio.
La instructora da traslado a las partes personadas para que formulen sus respectivos escritos de conclusiones y se pronuncien sobre la apertura de juicio oral.
La justicia investiga al actor y a su exmujer desde mayo de 2022 por ser los presuntos autores de la muerte de la anciana, cuya primera autopsia concluy¨® la presencia de niveles de cadmio y manganeso por encima de lo normal. Sin embargo, el ¨²ltimo informe forense descart¨® que se pudiera asegurar que muriera envenenada.
En plena instrucci¨®n, la jueza imput¨® a la cuidadora de la anciana tras escuchar el relato de varios testigos y practicar diversas diligencias. En un auto del pasado diciembre, la Audiencia Provincial de Madrid desestim¨® el recurso de apelaci¨®n interpuesto por la defensa de la cuidadora contra el auto en el que la instructora acordaba denegar el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto a esta investigada.
Denuncia de un familiar
La pareja fue detenida por la Guardia Civil a ra¨ªz de una denuncia del hermano de la v¨ªctima por no poder comunicarse con Mar¨ªa Isabel desde que fue trasladada a Madrid por la pareja. Tras morir, les culp¨® del asesinato de la anciana para hacerse con su herencia esgrimiendo que cuando estaba en la localidad de Grado (Asturias) no ten¨ªa ninguna patolog¨ªa salvo una sordera y cataratas.
Sin embargo, el auto de la jueza no especifica el delito por el que deben, a su juicio, ser juzgados, ya que se descarta que sea por homicidio o asesinato. El abogado del actor, el letrado Juan Manuel Medina, ya ha recurrido el auto por este motivo.
Antes de que se cerrara la investigaci¨®n, el abogado de los investigados solicit¨® a la magistrada la devoluci¨®n de parte del dinero intervenido en uno de los registros de la vivienda de Rivas, que ascend¨ªa a 142.000 euros. Lo reclam¨® con la finalidad de que pudiera hacer frente a gastos fundamentales para el sostenimiento indispensable de la familia. Al respecto, la magistrada replic¨® en un auto dictado en octubre que ¡°por el momento no se ha esclarecido el origen de las cantidades aprehendidas y que uno de los delitos investigados tiene relaci¨®n con la gesti¨®n del patrimonio de la finada¡±. Entend¨ªa que ¡°no se puede garantizar una futura y constante entrega de cantidades, como si de una fuente de ingresos se tratara, sobre todo cuando no se aporta documentaci¨®n acreditativa (b¨¢sica) de las alegaciones¡±.
Problema social por aislamiento
Desde su llegada a Madrid hasta el d¨ªa de su fallecimiento (28 de junio del 2021), el matrimonio, ¡°actuando de com¨²n acuerdo y con ¨¢nimo de lucro, mantuvo a Mar¨ªa Isabel en su domicilio de Rivas Vaciamadrid, aislada e incomunicada de todos sus familiares, con la intenci¨®n de facilitarse el control econ¨®mico de su patrimonio¡±.
Pese a que el 22 de abril de 2021, seg¨²n el auto, se detectara por los servicios sanitarios de Asturias ¡°problema social por aislamiento¡±, mantuvieron el escenario de incomunicaci¨®n y dependencia del matrimonio.
Aprovechando su deterioro, ¡°el matrimonio dispuso del dinero de la cuenta corriente de esta, simulando un uso en favor de la enferma, cuando en realidad se destinaba a servicios personales, que nada ten¨ªan que ver con los intereses y necesidades que iban surgiendo debido al avance de su deterioro¡±.
¡°A pesar de que los signos de la enfermedad se presentaron en poco tiempo, la pareja incumpli¨® conscientemente con los deberes m¨¢s b¨¢sicos que suponen el cuidado de una persona mayor con tales padecimientos (alimentaci¨®n, higiene, vestido, espacio adaptado a sus circunstancias)¡±, agrega la resoluci¨®n.
Igualmente, y a pesar de ser conscientes del avance en sus problemas de movilidad y escasos momentos de lucidez, giraron visitas a diversas notar¨ªas en poco tiempo, ¡°con el objetivo de aumentar el poder de disposici¨®n de sus cuentas¡±.
Seg¨²n el relato, Lorenzo y su exmujer recogieron a la mujer el 7 de mayo de ese a?o en las urgencias del hospital y acudieron al notario para que la anciana cambiara el testamento y la incluyera como heredera, lo cual ocurri¨®. Posteriormente, obtuvieron un poder especial limitado para disponer del dinero, condicionado a los cuidados de la anciana. Poco despu¨¦s, en fecha 26 y 27 de mayo del 2021, Luis Lorenzo, contact¨® con su asesor para informarse de c¨®mo proceder a desheredar a los hermanos de Mar¨ªa Isabel y disponer de 10.000 euros.
Tras el fallecimiento de Mar¨ªa Isabel, cuya causa exacta no se pudo determinar, ¡°el matrimonio continu¨® disponiendo del dinero contenido en su cuenta, constando transferencias de elevado importe para fines ajenos a los intereses o deseos de la finada¡±.
Recursos de Luis Lorenzo y su mujer
Luis Lorenzo y Arancha Palomino, por su parte, han interpuesto sendos recursos, uno en reforma y otro en apelaci¨®n, contra la decisi¨®n de la jueza de proponer que sean juzgados en el caso de Mar¨ªa Isabel Asunci¨®n, pero sin especificar el delito al entender que los hechos de los que se les acusa no suponen ninguna infracci¨®n penal.
La defensa impugna varios autos, entre ellos el dictado en noviembre, por el que la magistrada transforma las diligencias en procedimiento abreviado, paso previo a la apertura de juicio oral. Se queja la defensa, ejercida por el abogado Juan Manuel Medina, de que los hechos expuestos por la jueza en la resoluci¨®n que concluye la causa no son constitutivos de infracci¨®n penal y que ¡°no resulta debidamente justificada la perpetraci¨®n del delito por el cual vienen siendo investigados¡±.
¡°No existen elementos suficientes para entender que se haya producido la comisi¨®n de ning¨²n hecho delictivo por parte de los investigados, ni en relaci¨®n al homicidio, ¨²nico delito investigado, ni en relaci¨®n a ning¨²n otro delito por los que se pretende perpetuar la presente causa¡±, agrega.