La Comisi¨®n Nacional del Deporte Inclusivo lanza su dec¨¢logo
El organismo, impulsado por ADESP para avanzar hacia la plena inclusi¨®n de los deportistas con discapacidad en las federaciones, establece una hoja de ruta.
La Comisi¨®n Nacional del Deporte Inclusivo, un ente creado por la Asociaci¨®n del Deporte Espa?ol (ADESP) para avanzar hacia la plena inclusi¨®n de los deportistas con discapacidad en los ¨¢mbitos internacionales, nacionales y auton¨®micos, ha acordado ya un ¡®D¨¦calogo para la integraci¨®n¡¯. Una idea que surgi¨® en la reuni¨®n que mantuvieron en AS el pasado 12 de abril.
El objetivo est¨¢ fijado en el 31 de diciembre de 2026, cuando el Comit¨¦ Paral¨ªmpico Internacional ha marcado el l¨ªmite para que todas las federaciones nacionales cuyas internacionales hayan integrado a los deportistas con discapacidad hagan lo mismo.
Ahora, con el Dec¨¢logo por la Integraci¨®n, se establece una hoja de ruta para llevarla a cabo en las federaciones. Medidas que deben llevarse, adem¨¢s, a cabo con una adecuada financiaci¨®n.
EL DEC?LOGO POR LA INTEGRACI?N
1. Todo proceso de integraci¨®n debe ser pactado entre la federaci¨®n de deportes de personas con discapacidad que transfiere el deporte y la federaci¨®n que lo recibe. Se debe entender el proceso de integraci¨®n como un proceso deseado y no impuesto por normativa.
2. Todo proceso de integraci¨®n federativo deber¨¢ quedar reflejado mediante un convenio de transferencia en el que se detallen todos los aspectos del proceso: fechas, transmisi¨®n de t¨¦cnicos, licencias federativas, selecci¨®n de deportistas, organizaci¨®n de competiciones, criterios de elegibilidad y las clasificaciones funcionales, iniciaci¨®n deportiva y desarrollo deportivo, formaci¨®n de t¨¦cnicos, promoci¨®n de la nueva modalidad, etc¨¦tera.
3. Se ha de establecer un mecanismo para afrontar la financiaci¨®n de los procesos de integraci¨®n, imprescindible para su puesta en marcha, consignando presupuestos espec¨ªficos y finalistas para la actividad de personas con discapacidad. Tanto el Consejo Superior de Deportes a nivel estatal como las Direcciones Generales de Deportes de las Comunidades Aut¨®nomas deber¨ªan dotar presupuestariamente estos procesos de integraci¨®n federativos de una forma estable en el tiempo.
4. Tiene que existir una armonizaci¨®n entre el modelo de integraci¨®n federativa a nivel estatal con respecto al de las comunidades aut¨®nomas. Por lo tanto, los procesos de integraci¨®n que se produzcan en las federaciones espa?olas deber¨¢n reproducirse en las correspondientes federaciones auton¨®micas, teniendo en cuenta las particularidades de las estructuras actuales de las federaciones deportivas de personas con discapacidad a nivel auton¨®mico.
5. Se ha de determinar claramente el papel futuro que debe tener la entidad o entidades herederas de las actuales Federaciones Espa?olas de Deportes de Personas con Discapacidad cuando hayan traspasado sus modalidades deportivas. En estas federaciones est¨¢ el conocimiento sobre la promoci¨®n, clasificaciones funcionales, captaci¨®n de deportistas, etc¨¦tera, y todo ello supone un valor innegable que necesariamente se tiene que aprovechar. Este nuevo rol debe quedar claro tanto a nivel estatal como auton¨®mico.
6. Las federaciones que integren modalidades deportivas de personas con discapacidad deber¨¢n contemplar medidas, presupuestarias o de cualquier otro tipo, encaminadas a eliminar barreras que en la pr¨¢ctica real hacen imposible la integraci¨®n e inclusi¨®n en el deporte: el elevado coste del material deportivo espec¨ªfico para personas con discapacidad, la falta de accesibilidad en instalaciones, la formaci¨®n (inicial o continua) de los t¨¦cnicos deportivos en las modalidades deportivas de personas con discapacidad o la necesidad de personal de apoyo para la pr¨¢ctica deportiva de personas con grandes discapacidades, as¨ª como la disponibilidad de deportistas de apoyo para personas con discapacidad visual, como gu¨ªas de atletismo, triatl¨®n, esqu¨ª, pilotos de t¨¢ndem, porteros de f¨²tbol para ciegos, etc.
7. Las federaciones que integren modalidades deportivas de personas con discapacidad implementar¨¢n medidas para garantizar la representatividad de estas personas en los ¨®rganos de gobierno de la federaci¨®n.
8. Las federaciones que integren la modalidad deportiva practicada por personas con discapacidad deber¨¢n promover la formaci¨®n continuada de los t¨¦cnicos y entrenadores de la respectiva modalidad para que tengan la capacitaci¨®n suficiente para incorporar a los deportistas con discapacidad en sus respectivos ¨¢mbitos, preferentemente con un enfoque inclusivo.
9. La federaci¨®n que integre una modalidad deportiva de personas con discapacidad utilizar¨¢ un lenguaje inclusivo en toda su terminolog¨ªa. Se sugiere utilizar las recomendaciones del Comit¨¦ Paral¨ªmpico Espa?ol y de la actual Ley del Deporte en este sentido.
10. Las federaciones deportivas acometer¨¢n acciones de difusi¨®n y comunicaci¨®n a nivel interno y externo, con las que poner en valor los objetivos y resultados de los procesos de integraci¨®n deportiva y la gran aportaci¨®n que suponen en la meta final de lograr la plena inclusi¨®n de las personas con discapacidad en la sociedad.