El Tribunal de Estrasburgo da la raz¨®n a Semenya en su lucha contra World Athletics
El tribunal fall¨® a favor de la sudafricana despu¨¦s de que World Athletics le impidiese competir en carreras femeninas por sus niveles de testosterona.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos Estrasburgo fall¨® hoy en favor de la atleta sudafricana Caster Semenya, que se consideraba discriminada como mujer despu¨¦s de que la Federaci¨®n Internacional de Atletismo (IAAF) le negara participar en ciertas pruebas femeninas por tener un nivel de testosterona muy elevado.
En su sentencia, los jueces europeos formalmente condenan a Suiza, que es donde tiene su sede el Tribunal Arbitral Deportivo (TAS), que hab¨ªa rechazado el arbitraje que ped¨ªa Semenya para que no se le exigiera someterse a un tratamiento hormonal que le redujera el nivel de testosterona por debajo del umbral que le hab¨ªa fijado la IAAF como condici¨®n para permitirle competir.
En primer lugar, reprochan a la Justicia suiza haberse lavado las manos con el argumento de que su poder de examen de este caso era limitado, ya que la decisi¨®n de origen hab¨ªa sido del TAS, que hab¨ªa aplicado un reglamento de la federaci¨®n -un l¨ªmite de testosterona en pruebas femeninas- que le parec¨ªa ¡°apta, necesaria y proporcionada¡± para que hubiera equidad deportiva.
A ese respecto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) subraya que la mediofondista sudafricana no tuvo las garant¨ªas institucionales y de procedimiento suficientes en Suiza para hacer valer sus argumentos de estar siendo discriminada, que eran ¡°cre¨ªbles¡± y estaban ¡°bien fundamentados¡±.
De hecho, el TEDH recuerda que el mismo TAS reconoci¨® sus dudas sobre el reglamento que elabor¨® la IAAF que en la pr¨¢ctica le obligaba a someterse a tratamientos hormonales con efectos secundarios ¡°significativos¡± y que adem¨¢s no le daban una garant¨ªa total de permitirle bajar la testosterona a un nivel suficiente.
Adem¨¢s, hace notar que en recientes informes, ¨®rganos competentes en los derechos humanos del Consejo de Europa (al que pertenece el Tribunal del Estrasburgo) han puesto el acento en sus ¡°serias preocupaciones¡± por la discriminaci¨®n de mujeres o de atletas intersexuales en el deporte con reglamentos como ¨¦se.
Igualmente recuerda que repetidamente ha insistido en que ¡°las diferencias basadas exclusivamente en el sexo deben justificarse por ¡®consideraciones muy fuertes¡¯, ¡®motivos imperiosos¡¯ o ¡°razones particularmente s¨®lidas y convincentes¡¯¡±.
Por eso, el margen de apreciaci¨®n de los poderes p¨²blicos es ¡°restringido¡± cuando pretenden aplicar una diferencia de tratamiento sobre la base de las caracter¨ªsticas sexuales de una persona.
En definitiva, con Semenya, Suiza (y en consecuencia el TAS y la IAAF) viol¨® el art¨ªculo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que proh¨ªbe las discriminaciones.
Como la atleta no hab¨ªa pedido ninguna compensaci¨®n por da?os materiales o morales, los jueces europeos no han fijado ninguna indemnizaci¨®n, pero Suiza s¨ª que le tendr¨¢ que abonar 60.000 euros por costas judiciales.
M¨¢s all¨¢ del fondo del asunto, la sentencia tiene consecuencias sobre el funcionamiento de la Justicia deportiva en la medida en que el TEDH deja muy claro que es competente en asuntos como ¨¦ste para garantizar el respeto del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, y por tanto que constituye una v¨ªa de recurso sobre lo que pueda decidir el TAS.
Y eso aun reconociendo las ventajas de que exista un sistema centralizado para los litigios en el terreno deportivo a nivel internacional.
En el origen de este caso est¨¢ la negativa de Semenya a someterse al reglamento de la IAAF que le obligaba a realizar un tratamiento hormonal para bajar su nivel testosterona, una regla que se aplica ¨²nicamente a las personas con un sistema gen¨¦tico XY, correspondiente a las mujeres, y no con XX, el de los hombres.
World Athletics no tard¨® en contestar la sentencia
Horas m¨¢s tarde, World Athletics se pronunci¨® acerca del fallo favorable a la atleta sudafricana, confirmando que mantendr¨¢n de momento las regulaciones actuales:
¡°World Athletics toma nota de la sentencia de la Sala profundamente dividida del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Seguimos opinando que los reglamentos de la DSD son un medio necesario, razonable y proporcionado para proteger la competencia leal en la categor¨ªa femenina, como concluyeron el Tribunal de Arbitraje del Deporte y el Tribunal Federal Suizo, despu¨¦s de una evaluaci¨®n detallada y experta de las pruebas. El caso fue presentado contra el estado de Suiza, en lugar de World Athletics. Nos pondremos en contacto con el gobierno suizo sobre los pr¨®ximos pasos y, dadas las fuertes opiniones discrepantes en la decisi¨®n, los alentaremos a buscar la remisi¨®n del caso a la Gran Sala del TEDH para una decisi¨®n final y definitiva. Mientras tanto, se mantendr¨¢n las regulaciones DSD actuales, aprobadas por el Consejo Mundial de Atletismo en marzo de 2023¡å, public¨® en su p¨¢gina web la organizaci¨®n internacional.