Nuevo frenazo al caso Al Thani
Una querella presentada por Dumet Grayeb contra la jueza paraliza el proceso. Por el momento, la magistrada no podr¨¢ tomar decisiones relevantes sobre la causa.
El caso Al Thani sigue provocando quebraderos de cabeza en La Rosaleda y complicando el presente de la entidad. La propia jueza que instruye el proceso ha remitido un escrito, al que tuvo acceso AS, en el que informa que, por el momento, no podr¨¢ ¡°resolver cuestiones de fondo en la presente causa¡± debido a una querella presentada por Dumet Grayeb contra la magistrada por presunta prevaricaci¨®n.
Dumet Grayeb se person¨® en su d¨ªa como parte de la acusaci¨®n particular contra los Al Thani, pero hace unos meses fue apartado del proceso. Eso origin¨® la imposici¨®n de esta querella que ha sido admitida a tr¨¢mite por el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA), que ha solicitado documentaci¨®n adicional a la jueza.
La magistrada Ruiz Gonz¨¢lez no reconoci¨® en su d¨ªa la acci¨®n que Grayeb tiene del M¨¢laga y se ampar¨® en ello para apartarle de la causa. El hecho de que su querella haya sido admitida limita much¨ªsimo la maniobrabilidad de la jueza y supone un nuevo frenazo al caso. Otro rev¨¦s que dilatar¨¢ la intervenci¨®n judicial del club.
El escrito remitido por la jueza a las partes implicadas en el proceso expone literalmente lo siguiente:
¡°Dada cuenta; habiendo tenido conocimiento la Magistrada que suscribe de comunicaci¨®n remitida por el Tribunal Superior de Justicia a la Sra. Letrada de la Administraci¨®n de Justicia de este juzgado solicitando documentaci¨®n adicional que traer¨ªa causa en una querella presentada por una de las acusaciones particulares personadas en la presente causa contra la que suscribe por la presunta comisi¨®n de un delito de Prevaricaci¨®n, y ante la posible existencia de motivo de abstenci¨®n, de conformidad con lo dispuesto en el art¨ªculo 219.4? LOPJ, inter¨¦sese de forma urgente de dicho Tribunal informaci¨®n sobre la posible pendencia de una causa penal contra la magistrada que suscribe, a los efectos de, en su caso, plantear la correspondiente abstenci¨®n.
Es por ello, y en tanto se tenga conocimiento de lo anterior, no proceder¨¢ resolver por la que suscribe cuestiones de fondo en la presente causa¡±.