El TAD ratifica el castigo a Lewandowski: tres partidos
El Supremo del Deporte entra por fin en el fondo del asunto y mantiene la sanci車n. No jugar芍 ante el Atleti. El Bar?a acata la resoluci車n y no volver芍 a la justicia ordinaria.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ratific車 la suspensi車n de tres partidos a Robert Lewandowski que le impuso el Comit谷 de Competici車n de la Federaci車n Espa?ola de F迆tbol tras su expulsi車n, el pasado 8 de noviembre, en un Osasuna-Barcelona. De este modo, el polaco no podr芍 estar el pr車ximo domingo en el Metropolitano ante el Atl谷tico y tambi谷n se perder芍 los duelos ligueros frente al Getafe, en el Camp Nou, y frente al Girona, en Montilivi. La sanci車n no afecta, pues, al partido de Supercopa que debe disputar frente al Betis el 12 de enero ni a una hipot谷tica final de ese mismo torneo. El Bar?a no acudir芍 esta vez a la justicia ordinaria para que esta entienda sobre el fondo del asunto y, por tanto, acatar芍 la resoluci車n. Pese a considerar que le asiste la raz車n ※y que existe una evidente desproporci車n en la sanci車n impuesta§, ha decidido finalmente no recurrir la decisi車n del TAD. Pero estima que se ha dictado la resoluci車n ※con inusitada celeridad y sin cumplimentar los tr芍mites procedimentales que, hasta ahora, siempre ven赤a respetando§.
Lewandowski fue expulsado en el duelo ante Osasuna por una doble amarilla, que acarreaba un partido de suspensi車n. Camino de los vestuarios, se llev車 el dedo a la nariz, hecho que reflej車 en el acta el colegiado del encuentro, Jes迆s Gil Manzano. Competici車n entendi車 el acto como un menosprecio al 芍rbitro y le impuso dos encuentros de castigo adicionales.
En sus fundamentos de Derecho, el TAD considera que no se aprecia error material en las dos tarjetas amarillas mostradas al polaco: ※(...) las acciones en las que participa el jugador del club recurrente resultan compatibles con la descripci車n de los hechos que realiza el colegiado en el acta arbitral desde el privilegiado prisma de la inmediaci車n y facultades para la apreciaci車n y valoraci車n de orden t谷cnico de las que carece este 車rgano administrativo§.
Respecto a los dos partidos adicionales que le impone Competici車n, el TAD tambi谷n entiende que la descripci車n de los hechos de Gil Manzano encajan con una actitud de menosprecio y hace constar que ※las alegaciones formuladas por el club recurrente no van acompa?adas de ning迆n respaldo probatorio que lleve a este Tribunal a aceptar la tesis del club de que el jugador se limit車 a expresar su descontento ante la decisi車n arbitral sin una actitud de desprecio o desconsideraci車n§. Y le recuerda al Bar?a que para que prospere un recurso es imprescindible ※acreditar que el relato del 芍rbitro es imposible o claramente err車neo§.
La justicia ordinaria
El Barcelona recurri車 sin 谷xito el primer fallo de Competici車n ante el Comit谷 de Apelaci車n alegando que el gesto de Lewandowski no iba dirigido a Gil Manzano y tambi谷n lo hizo en tercera instancia ante el TAD. El Supremo del Deporte no entr車 en el fondo del asunto hasta hoy, pero s赤 deneg車 la suspensi車n cautelar de la sanci車n a finales del a?o pasado. El Barcelona, ante esta circunstancia, llev車 el caso al juzgado central de lo contencioso administrativo n迆mero 2 de Madrid, que en un auto suspendi車 la ejecuci車n total del castigo ante la posibilidad de un da?o irreparable en el caso de una resoluci車n favorable al Bar?a sobre el fondo del asunto en el TAD.
Eso permiti車 a Lewandowski jugar frente al Espanyol el pasado s芍bado y provoc車 la petici車n de impugnaci車n del partido por parte del club blanquiazul ante la Federaci車n Espa?ola al considerar que el Bar?a incurri車 en alineaci車n indebida.