El C芍diz no encuentra aliado en Apelaci車n para repetir el duelo ante el Elche
Al igual que Competici車n, este 車rgano se declar車 falto de competencia y, ahora, el siguiente paso del club cadista podr赤a ser acudir al Tribunal Administrativo del Deporte.
El C芍diz no cesa en su objetivo de lograr que se haga justicia en el partido ante el Elche. Y es que fue en ese duelo cuando el VAR no revis車 la jugada del gol de Ezequiel Ponce y, por tanto, un gol con un fuera de juego previo subi車 al marcador. Los amarillos pidieron primero a Competici車n que anulara ese gol y el partido se reanudase nuevamente desde el minuto 81, cuando sucedieron los hechos. Pero este 車rgano se declar車 falto de competencia, lo mismo que ahora hace Apelaci車n. Pr車ximo paso a dar por el C芍diz en busca de justicia ser芍, si lo considera oportuno, acudir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).
Aquel fallo supuso la p谷rdida de dos puntos por parte de los amarillos en un duelo ante un rival directo. Y es que ahora la respuesta que ofreci車 Apelaci車n tampoco satisface la petici車n de justicia por parte del conjunto amarillo. Recordamos que el presidente del C芍diz, Manuel Vizca赤no, pidi車 la impugnaci車n del partido ante el Elche justo desde el minuto en el que el Elche empat車 con un gol de Ezequiel Ponce en fuera de juego que el VAR no revis車 cometiendo una negligencia. El C芍diz ped赤a justicia prosiguiendo el partido desde el minuto 81 y con el 1-0 a favor de los amarillos como reflejaba el marcador hasta ese momento.
Tras la negativa de Competici車n alegando incompetencia en tal asunto, el C芍diz elev車 su protesta a Apelaci車n, pero tampoco en este 車rgano encontraron apoyo los cadistas. Y es que la respuesta fue similar, ya que afirmaron que ※un error arbitral que no est谷 asociado a una decisi車n de car芍cter disciplinario adoptada durante el transcurso del encuentro, ni es materia de disciplina deportiva, ni se encuentra dentro del 芍mbito competencial del Comit谷 de Competici車n Profesional, ni del Comit谷 de Apelaci車n a trav谷s del subsiguiente recurso§.
Y de este modo, el Comit谷 de Apelaci車n acaba con la pol谷mica y decide ※desestimar el recurso interpuesto por el C芍diz Club de Futbol, S.A.D., contra el acuerdo de fecha 18 de enero de 2023 del Comit谷 de Competici車n, confirmando dicho acuerdo y la declaraci車n de incompetencia que el mismo declara. Contra la presente resoluci車n cabe interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) en el plazo de quince d赤as h芍biles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificaci車n§. El siguiente paso en caso de creerlo oportuno la entidad cadista ser赤a acudir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).