Caso Ursaria: el Legan¨¦s aporta jurisprudencia que le da la raz¨®n
Los pepineros van a remitir a la RFEF y al Juez ?nico razones jur¨ªdicas y antecedentes similares para defender que su filial es el equipo con m¨¢s ¡°m¨¦ritos deportivos¡± en la pugna por esta plaza.


El Legan¨¦s va a llevar hasta el final la defensa de que su filial, el Legan¨¦s B, es el equipo con m¨¢s ¡°m¨¦ritos deportivos¡± para ocupar la plaza vacante en Segunda RFEF que deja el Ursaria, conjunto del Grupo V descendido administrativamente por impagos. Los pepineros, como avanz¨® AS, ya tramitaron la documentaci¨®n necesaria y pagaron la se?al de 208.541,57 euros que exig¨ªa la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) para poder participar en la subasta de esta plaza, tal y como se ped¨ªa en la Circular n¨²mero 25 de la propia RFEF. Ahora, los blanquiazules van ir un paso m¨¢s all¨¢ para trasladar a la RFEF y al Juez ?nico encargado de dirimir esta subasta que el Lega B es el conjunto con m¨¢s argumentos jur¨ªdicos y jurisprudencia para hacerse con esa posici¨®n.
Vaya por delante que la RFEF no ha hecho p¨²blicos ni trasladado a los participantes en esta subasta cu¨¢les son los clubes que han aplicado. Ocurre que, por las informaciones period¨ªsticas y propios comunicados de algunos conjuntos, se sabe que podr¨ªan haber participado varios conjuntos de los que tres supondr¨ªan una amenaza para el Legan¨¦s B. A saber, el Badajoz (descendido en el mismo Grupo V en el que se salv¨® deportivamente el Ursaria), el Manchego (descendido en otro grupo, el Grupo IV) y el CD M¨®stoles URJC (segundo clasificado en el Grupo VII de Tercera en el que milita el Legan¨¦s B).
El Badajoz, en concurso de acreedores
Estos tres equipos centrar¨¢n las argumentaciones jur¨ªdicas del Legan¨¦s ante el Juez. Los pepineros no ven en ninguno de ellos ventajas deportivas o normativas para hacerse con la plaza por delante de su filial. En el caso del Badajoz, porque, aunque sobre el papel son los ¨²nicos que han competido en el mismo Grupo V que el Ursaria, estar sometidos a un concurso de acreedores anula sus m¨¦ritos deportivos, tal y como fija el Reglamento General de la RFEF.
Los mandatarios del club pacense niegan estar en proceso concursal, pero son varias las voces de expertos jur¨ªdicos que consideran que, aunque en v¨ªas de extinci¨®n, todav¨ªa est¨¢n zambullidos en este proceso que tardar¨¢ algo m¨¢s de un a?o en resolverse definitivamente.
Contradicciones con el Reglamento
En los casos del Manchego y del M¨®stoles, el Legan¨¦s ha encontrado conflictos entre el Reglamento General de la RFEF y la Circular 25 para explicar por qu¨¦ el Lega B est¨¢ por delante de ambas candidaturas. Entienden en Butarque que, pese a que la circular establece una serie de criterios para ocupar esta vacante, lo que prima es el Reglamento General que, en algunos de sus art¨ªculos, contradice o anula lo fijado en la Circular 25. Y por norma, siempre prevalece el Reglamento General.
Por ejemplo, en el caso del Manchego la circular desliza que, si no se encuentra un equipo del Grupo del Ursaria, deber¨ªa otorgarse su plaza a otro club de Segunda RFEF. Ah¨ª es donde saldr¨ªa beneficiado el club de Ciudad Real. Sin embargo, la reglamentaci¨®n de la Federaci¨®n especifica algo diferente: si no se puede ocupar la plaza con un equipo del mismo grupo, se debe buscar el sustituto un pelda?o por debajo, entre los equipos de inferior categor¨ªa que militen en competiciones de la misma federaci¨®n (en este caso, la Federaci¨®n Madrile?a) que el equipo despose¨ªdo de su plaza.

La competici¨®n no es solo la fase regular
Esto derivar¨ªa a una ¡®carrera¡¯ entre el M¨®stoles y el Legan¨¦s B por esa plaza. Los del Soto se aferran a que quedaron por delante del Lega B (segundos frente a terceros) en la fase regular. Y, por lo tanto, como sugiere la Circular 25, ser¨ªa el M¨®stoles el que tendr¨ªa ventaja. Sin embargo, el Legan¨¦s vuelve a referirse al Reglamento General en el que se indica que el m¨¦rito deportivo se abarca a toda la competici¨®n, incluida fase regular y fase de ascenso. Con este criterio en la mano, el Legan¨¦s B tendr¨ªa ventaja al haber llegado a semifinales de la fase de ascenso. El M¨®stoles cay¨® en primera ronda.
Para ambos casos, el del Manchego y el del M¨®stoles, el departamento jur¨ªdico del Legan¨¦s habr¨ªa encontrado antecedentes y jurisprudencia reciente en las que se habr¨ªa aplicado los criterios que defienden en Butarque para otorgar plazas por descensos administrativos. Esto es, casos previos que dar¨ªan la raz¨®n a los argumentos pepineros.
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