La RFEF investigar¨¢ a Munuera, que no pitar¨¢ hasta que todo se aclare
Estudia los negocios privados del colegiado y si son incompatibles con el arbitraje por un posible conflicto de intereses. Sanciones desde 100.000 euros hasta cinco a?os de inhabilitaci¨®n.
El Comit¨¦ de Cumplimiento de la Federaci¨®n (RFEF) ha iniciado una investigaci¨®n formal sobre las actividades extradeportivas de Jos¨¦ Luis Munuera Montero, ¨¢rbitro de Primera Divisi¨®n. En concreto, la RFEF indaga sobre si esas actividades pudieran ser incompatibles con el punto 9.1 del C¨®digo Normativo que surge ¡°cuando las personas obligadas por esta norma (entre las que est¨¢n los ¨¢rbitros) tuvieran intereses secundarios que puedan interferir en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales¡±. Seg¨²n ha podido saber AS, Munuera no volver¨¢ a pitar un partido mientras se sustancia esta investigaci¨®n, en la que el colegiado est¨¢ colaborando remitiendo la informaci¨®n que se le ha solicitado.
Munuera Montero, que el s¨¢bado pit¨® el partido entre Osasuna y Real Madrid, constituy¨® la sociedad Talentus Sports, dedicada a la consultor¨ªa y a la gesti¨®n deportiva. La empresa ha utilizado instituciones futbol¨ªsticas y algunos clubes profesionales europeos y espa?oles.
Todos los anuncios relacionados con clubes o instituciones futbol¨ªsticos, que aparec¨ªan durante la ma?ana en el Linkedin de la empresa, fueron borrados a largo de la tarde, aunque dejaron rastro en los buscadores.
Esta vinculaci¨®n empresarial de Munuera ha hecho sonar las alarmas en la RFEF, cuyo departamento de Cumplimiento estudia si hay un posible conflicto de inter¨¦s. La investigaci¨®n acaba de comenzar y a¨²n no hay ni siquiera abierto un expediente, pero si prospera y se entiende que el ¨¢rbitro se salt¨® los controles (tambi¨¦n est¨¢ obligado a informar de sus actividades extra arbitrales si considera que puede darse una incompatibilidad) podr¨ªa ser sancionado con una multa de hasta 100.000 euros y una inhabilitaci¨®n para pitar de hasta cinco a?os.
De hecho, la RFEF est¨¢ preocupada en erradicar posibles actividades en las que existan conflicto de intereses. En la ¨²ltima Asamblea General del pasado 10 de febrero, uno de los cambios estatutarios que se aprobaron, y se enviaron al CSD, incluye una norma que proh¨ªbe ¡°las relaciones comerciales con deportistas en activo en la organizaci¨®n de competiciones oficiales¡±.
Recogida de pruebas
Por ahora, el Comit¨¦ de Cumplimiento de la Federaci¨®n no ha llegado a ninguna conclusi¨®n y est¨¢ en la fase de recogida de pruebas, pero fuentes federativas recuerdan que ¡°los afectados no podr¨¢n ejercer sus funciones cuando haya un conflicto de intereses¡±.
Adem¨¢s, ¡°el C¨®digo ?tico deber¨¢ ser cumplido por los miembros de ¨®rganos directivos, ¨¢rbitros, directivos y delegados de los clubes, entrenadores o cualquier responsable m¨¦dico, t¨¦cnico o administrativo de la Federaci¨®n, de las federaciones auton¨®micas y territoriales, de las ligas, de los clubes afiliados y todos aquellos obligados a cumplir con los estatutos de la RFEF. En cuanto al C¨®digo de Cumplimiento Normativo se aplicar¨¢ a las personas que guarden relaci¨®n directa o indirecta con la Federaci¨®n, bien contractual, profesional u otras modalidades¡±.
Tampoco en Europa
Por tanto, mientras se realicen las investigaciones, UEFA tampoco recurrir¨¢ al ¨¢rbitro espa?ol hasta que el CTA y la propia RFEF concluyan sus pesquisas, por lo que tampoco ser¨¢ asignado para dirigir ning¨²n encuentro internacional.
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