Gal¨¢n impugna la convocatoria de elecciones a la presidencia de la RFEF
El presidente de CENAFE pide renovar los asamble¨ªstas caducados y que el CSD autorice que los comicios presidenciales se celebren con el reglamento anterior.

Miguel Gal¨¢n, presidente del Centro Nacional de Formaci¨®n de Entrenadores de F¨²tbol de Espa?a (CENAFE), ha denunciado, como ya hab¨ªa avisado, la convocatoria de elecciones a la presidencia a la Real Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) para el pr¨®ximo 6 de mayo en base a dos argumentos jur¨ªdicos: la caducidad del mandato de 39 miembros de la Asamblea, entre los que est¨¢n Luis Enrique y Jorge Vilda, y el incumplimiento de la cuota femenina que exige la orden ministerial. Gal¨¢n entiende que el ente federativo deb¨ªa convocar unos comicios parciales en un primer paso para actualizar la Asamblea, ya que asegura que 40 de sus miembros han perdido la condici¨®n para poder participar en ella y deben ser sustituidos.
El documento, al que ha tenido acceso AS, tiene 21 p¨¢ginas y en el mismo se nombran uno por uno los 39 asamble¨ªstas que, seg¨²n el presidente de la escuela de entrenadores CENAFE, han perdido tal condici¨®n y, por lo tanto, no tienen derecho a votar en las elecciones a la presidencia. Poniendo el foco especialmente en Luis Enrique y Jorge Vilda, como ha podido comprobar AS. Esta situaci¨®n, seg¨²n explica, hace complicado que las distintas candidaturas opositoras a Pedro Rocha re¨²nan el m¨ªnimo de avales para concurrir a los comicios, como es su caso. La denuncia, adem¨¢s de ser remitida a la junta electoral, tambi¨¦n pide al CSD que rectifique su decisi¨®n de celebrar las elecciones a la presidencia con la nueva orden ministerial, ya que es imposible cumplir el m¨ªnimo de representaci¨®n femenina.
El presidente de CENAFE avis¨® hace m¨¢s de una semana que se iba a dar esta situaci¨®n y lo hizo enviando una carta a la Federaci¨®n y al Consejo Superior de Deportes. ¡°No tiene ning¨²n sentido celebrar unas elecciones a la presidencia donde el 40% de la misma no puede asistir porque son entrenadores que est¨¢n entrenando en otro pa¨ªs o futbolistas que han dejado el f¨²tbol o ¨¢rbitros que ya no pertenecen al comit¨¦ de ¨¢rbitros¡±. Les pidi¨®, adem¨¢s, que actuaran de manera correcta para evitar una impugnaci¨®n que pueda retrasar todav¨ªa m¨¢s la elecci¨®n de un presidente, como aseguran la RFEF y el Gobierno que es su deseo. Pero no ha sido as¨ª y ahora la pelota est¨¢ en el tejado del Tribunal Administrativo del Deporte, quien deber¨¢ decidir si Gal¨¢n lleva o no raz¨®n y si se debe suspender el proceso electoral.
Esta situaci¨®n de incertidumbre podr¨ªa alargarse durante casi dos semanas. As¨ª lo establece la orden ministerial en su art¨ªculo 24, que versa sobre los recursos en este tipo de procesos. La junta electoral, al d¨ªa siguiente de recibir la denuncia de Miguel Gal¨¢n, deber¨¢ traslad¨¢rsela a todos los que sus intereses pudieran resultar afectados, los que tendr¨¢n dos d¨ªas h¨¢biles para alegar. Una vez cumplido ese tr¨¢mite, la junta electoral tendr¨¢ otros dos d¨ªas laborables para dar elevar la denuncia al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), cuyo organismo deber¨¢ dictar resoluci¨®n en el plazo de siete d¨ªas h¨¢biles a partir del siguiente a la fecha de recepci¨®n.
Los asamble¨ªstas caducados
La Asamblea de la Federaci¨®n est¨¢ compuesta por 143 miembros, que representan a los diferentes estamentos del f¨²tbol: jugadores, entrenadores, federaciones territoriales, ¨¢rbitros, f¨²tbol sala¡ Son los mismos asamble¨ªstas que eligieron a Luis Rubiales en 2020 para un segundo mandato, pero algunos de ellos, seg¨²n Gal¨¢n, ya no gozan de los requisitos para estar en dicho ¨®rgano de poder. Es el ejemplo de Luis Enrique o Jorge Vilda, exseleccionadores, que ahora est¨¢n en banquillos extranjeros. Gal¨¢n ha contabilizado hasta 40 casos de entrenadores, jugadores o ¨¢rbitros que ya no ejercen en el puesto para el que hab¨ªan sido elegidos: ocho jugadores profesionales, doce no profesionales, dos entrenadores profesionales y cinco de categor¨ªa no profesional, tres ¨¢rbitros no profesionales, siete clubes no profesionales y, del f¨²tbol sala, un jugador y un entrenador.
Gal¨¢n, en su denuncia, detalla el caso de los exseleccionadores. ¡°La p¨¦rdida de esa condici¨®n voluntaria por parte de Luis Enrique Mart¨ªnez Garc¨ªa y Jorge Vilda Rodr¨ªguez, les inhabilita para participar en las actividades de la RFEF y en sus ¨®rganos de gobierno y representaci¨®n, para ejercer el derecho de voto, as¨ª como para asistir a la Asamblea General Extraordinaria propuesta e impugnada por nosotros¡±. Y lo hace sustent¨¢ndolo en una decisi¨®n previa del TAD: ¡°Tuvo oportunidad de pronunciarse en 2018 sobre la p¨¦rdida de la condici¨®n de asamble¨ªstas. Se trataba de varios futbolistas y entrenadores a los que la Comisi¨®n Electoral de la RFEF declar¨® cesados por p¨¦rdida de la condici¨®n para la que fueron elegidos asamble¨ªstas. El TAD concluy¨® que dos futbolistas se encontraban participando en otra competici¨®n nacional correspondiente a otro Estado miembro de la Uni¨®n Europea (Reino Unido y B¨¦lgica). El Tribunal declar¨® que en estos casos se hab¨ªa producido un cambio sustancial en su relaci¨®n con la RFEF. A partir de aqu¨ª, dijo el TAD, la conclusi¨®n es que los citados jugadores, voluntariamente, hab¨ªan dejado de pertenecer a la RFEF en cuanto que, al pasar a jugar al f¨²tbol en otros pa¨ªses, deben abandonar ¨¦sta e integrarse en la federaci¨®n nacional de f¨²tbol correspondiente a trav¨¦s de la expedici¨®n por la misma de la oportuna licencia federativa. De modo que la integraci¨®n en esa federaci¨®n extranjera y la tenencia de licencia por ella resultan ser hechos incompatibles con el mantenimiento de su condici¨®n de miembros de la RFEF, dado que ahora forman parte de esas otras federaciones¡±.
El presidente de CENAFE solicita que la Federaci¨®n inicie un estudio exhaustivo de los asamble¨ªstas para cuantificar oficialmente cu¨¢ntos han perdido la condici¨®n para poder participar en ella. ¡°El cambio de categor¨ªa del asamble¨ªsta, dentro de las competiciones oficiales de ¨¢mbito estatal, no implica a nuestro juicio la p¨¦rdida de la condici¨®n de miembro de la Asamblea General, toda vez que, (i) este cambio no supone variaci¨®n alguna en el estamento de pertenencia (clubes, futbolistas, entrenadores y ¨¢rbitros), (ii) que dicho el asamble¨ªsta seguir¨¢ afiliado a la RFEF y (iii) que el asamble¨ªsta seguir¨¢ participando en competiciones de ¨¢mbito estatal. En definitiva, el hecho cambiar de categor¨ªa no implica la alteraci¨®n de la condici¨®n de elector o elegible por la que fue elegido el asamble¨ªsta. En el caso de que uno o varios asamble¨ªstas pierdan la condici¨®n por la que fueron elegidos, las bajas, de acuerdo con la Orden EFD/42/2024, no se producen de manera autom¨¢tica. Debe realizarse notificaci¨®n fehaciente al interesado, con 10 d¨ªas de audiencia y posibilidad de subsanaci¨®n. Finalmente, en caso de que siguiendo el procedimiento antedicho se declararan bajas en la Asamblea General, proceder¨ªa, primero, acudir a los suplentes y, si no son suficientes, convocar elecciones parciales, previamente a convocar elecciones a la presidencia¡±.
Cambio en el reglamento electoral ante la falta de representaci¨®n femenina
Otro de los problemas que denuncia Gal¨¢n en su escrito enviado a la Comisi¨®n electoral y al CSD es que no se puede cumplir con la nueva orden ministerial. El Consejo Superior de Deportes dictamin¨® que estos comicios deb¨ªan celebrarse con la nueva normativa, pero Gal¨¢n se?ala que existe un sinsentido. ¡°La presente asamblea para elegir a presidente no cumple la orden Ministerial EFD 42/2024), y no lo cumple porque la actual asamblea heredada del ¡°RUBIALISMO¡± y, por tanto, machista, no cumple con las cuotas de voto femenino, en concreto dicha convocatoria contradice el art¨ªculo 14.4 del reglamento electoral¡±, afirma. Hace referencia a la norma que estipula que las Asambleas deber¨¢n tener un m¨ªnimo de representaci¨®n femenina (10%, 25% o 40%) en funci¨®n del n¨²mero de mujeres que cuenten con licencia en dicho deporte.
Lo que sucede en caso de la Asamblea de la RFEF es que solo hay seis mujeres (Andrea Romero, Vanessa Quintana, Mar¨ªa de los ?ngeles Garc¨ªa, Aintzane Gamboa, Mar¨ªa Dolores Mart¨ªnez Madrona y Patricia Gonz¨¢lez) y cuatro ya habr¨ªan perdido su condici¨®n de asamble¨ªstas. Por ello, Gal¨¢n en su denuncia afirma lo siguiente: ¡°Se requiera al CSD un oficio en el que se anule la obligaci¨®n de celebrar elecciones a la presidencia de la RFEF del periodo 2020-2024 con el reglamento nuevo del 15 de marzo de 2024 y se pueda celebrar con el antiguo, que no obliga cuota de voto femenino en la actual asamblea¡±.
De esta forma, Miguel Gal¨¢n, una vez m¨¢s, pone contra las cuerdas a la Federaci¨®n, al CSD y al TAD. Siendo estos dos ¨²ltimos los que tendr¨¢n que decidir si el proceso electoral debe suspenderse y renovar la Asamblea y si hay que dar marcha atr¨¢s tambi¨¦n en la normativa ante la imposibilidad de cumplir con el m¨ªnimo de representaci¨®n femenina.
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