CASO SUPERLIGA
?Caso Superliga: la jueza dicta sentencia contra FIFA y UEFA!
La resoluci車n del Juzgado de lo Mercantil n迆mero 17 de Madrid da la raz車n a la competici車n impulsada por Madrid y Bar?a y acusa a los organismos internacionales de abuso de posici車n dominante y de ir contra la libre competencia en el mercado.
Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil n迆mero 17 de Madrid dio la raz車n a la Superliga en el litigio que mantiene contra UEFA y FIFA, a las que acusa de abuso de posici車n dominante y de impedir la libre competencia en el mercado. La magistrada titular del Juzgado, Sof赤a Gil Garc赤a, estim車 parcialmente la demanda presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC) contra la UEFA y la FIFA ※al considerar que infringen los art赤culos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Uni車n Europea (TFUE)§.
En el fallo se ordena tambi谷n a la FIFA y a la UEFA a que ※cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y se les proh赤ba su reiteraci車n futura, adem芍s de condenarles a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que se hayan producido antes o durante la duraci車n de este procedimiento, que comenz車 el 18 de abril de 2021 cuando ESLC anunci車 la puesta en marcha de un proyecto de nueva competici車n de f迆tbol profesional, llamado Superliga, y ejercit車 acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de las citadas instituciones§.
Misma l赤nea que la del TJUE
La sentencia est芍 en sinton赤a con la del Tribunal de Justicia de la Uni車n Europa del pasado mes de diciembre y que se dirigi車 a este mismo juzgado elevando una cuesti車n prejudicial previa a la celebraci車n de la vista. La juzgadora declara ※que los art赤culos 22, 70, 71, 72 y 73 de los Estatutos FIFA, el art赤culo 6 del Reglamento FIFA Partidos Internacionales y los art赤culos 49 y 51 de los Estatutos UEFA son incompatible con los art赤culos 101 y 102 del TFUE sobre el marco legal y jurisprudencial del mercado de la competencia en la Uni車n Europea§.
El contenido de sentencia tambi谷n considera que las declaraciones emitidas por FIFA, UEFA y otras entidades (incluyendo las federaciones y ligas de Inglaterra, Italia y Espa?a, algunos de cuyos clubes formaban parte del proyecto) infringen tambi谷n los art赤culos 101 y 102 del TFUE. La resoluci車n no es firme y cabe recurso de apelaci車n ante la Secci車n 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, 車rgano competente en asuntos de naturaleza mercantil.
Tebas: ※No se valida la Superliga§
Las reacciones a la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n迆mero 17 de Madrid no se hicieron esperar. El presidente de LaLiga, Javier Tebas, lanz車 un tuit argumentando por qu谷 judicialmente no se valida el nuevo proyecto: ※Sobre la estimaci車n parcial de la demanda de European Superleague, es importante aclarar que (en la misma l赤nea que el TJUE) la Juez exige a FIFA y UEFA una reglamentaci車n sobre nuevas competiciones transparente y garantista, pero no valida la Superliga. Es m芍s, se considera un proyecto abandonado en sus t谷rminos iniciales. Ni la sentencia es firme ni aporta nada nuevo significativo§.
La UEFA, tambi谷n reacia
La UEFA tom車 nota de la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid y emiti車 una nota en la que, al igual que Tebas, recuerda que no se valida la Superliga en ning迆n sitio: ※La UEFA se complace en observar que la jueza ha confirmado la validez de la existencia de un sistema de autorizaci車n previa para que las competiciones de terceros sean aprobadas conforme a las normas de autorizaci車n de la UEFA y ha reconocido los indudables beneficios de dichas normas para el sistema deportivo del f迆tbol. El juzgado tambi谷n ha confirmado que la versi車n actual de las normas de autorizaci車n de la UEFA (aprobadas en junio de 2022) no se ve afectada por la sentencia de hoy§
Y completa su argumento: ※Adem芍s, el juzgado no ha dado luz verde ni ha aprobado proyectos como la Superliga. De hecho, la jueza ha afirmado que el proyecto de la Superliga est芍 abandonado desde hace tiempo y que no cabe esperar que se pronuncie sobre ning迆n proyecto abstracto. En resumen, la sentencia no otorga a terceros el derecho a desarrollar competiciones sin autorizaci車n y no se refiere a ning迆n proyecto futuro ni a ninguna versi車n modificada de un proyecto existente. En cualquier caso, la UEFA se tomar芍 su tiempo para estudiar la sentencia antes de decidir si es necesario adoptar nuevas medidas.§.