As¨ª es el nuevo marco regulador fijado por el CSD para la Liga femenina: calendario, ingresos, licencias...
El CSD atribuye las competencias de RFEF y LPFF ante la falta del convenio de coordinaci¨®n. Tres puntos disgustan en la patronal y hay preocupaci¨®n en los clubes independientes.
El art¨ªculo 96.2 de la Ley 39/2022 establece que ¡°en los casos en que no existiere convenio de coordinaci¨®n entre una liga profesional de nueva creaci¨®n y la federaci¨®n deportiva espa?ola correspondiente, se arbitrar¨¢ un sistema en el seno del Consejo Superior de Deportes para la atribuci¨®n de las competencias¡± y para la resoluci¨®n de ¡°aquellas cuestiones estrictamente necesarias en las que deba existir coordinaci¨®n entre la liga profesional y la federaci¨®n deportiva espa?ola correspondiente para garantizar el inicio y desarrollo de la competici¨®n¡±.
As¨ª, en la resoluci¨®n con fecha del 29 de junio firmada por V¨ªctor Francos a la que ha tenido acceso AS, el CSD fija un nuevo marco regulador para la m¨¢xima categor¨ªa femenina de f¨²tbol, con tres puntos que han causado especial malestar en la patronal como son los relativos a los gastos arbitrales, los ingresos comerciales y la cesi¨®n de su 20% al ente que preside Rubiales y la limitaci¨®n de acuerdos con otras entidades... Adem¨¢s, los clubes independientes est¨¢n muy preocupados por estas nuevas disposiciones y las reuniones que ten¨ªan programadas (todos los clubes) con LPFF y RFEF fueron pospuestas.
Estas son algunas de las cuestiones principales resueltas:
1) El calendario. El calendario deportivo de las competiciones oficiales de car¨¢cter profesional ser¨¢ elaborado por la LPFF y el presidente de la RFEF dispondr¨¢ de diez d¨ªas desde el de su recibo, que deber¨¢ ser anterior al 15 de abril de cada a?o, para ratificarlo o rechazarlo. No obstante, el sorteo, como ya ocurri¨® el verano pasado, ser¨¢ cosa del ente que encabeza Rubiales.
2) Competici¨®n. El n¨²mero de equipos de la bautizada como Liga F ser¨¢ de 16, con dos descensos y dos ascensos, hasta la temporada 2025-26, cuando pasar¨¢n a ser tres. Eso s¨ª, cabe la posibilidad de modificarlo mediante acuerdo entre ambas partes.
3) Ingresos. El CSD tambi¨¦n establece que un 20% de los ingresos brutos generados por la explotaci¨®n comercial de activos de la LPFF que no sean de titularidad de los clubes, en concreto del nombre y del bal¨®n de la competici¨®n, ser¨¢n para la RFEF para el fomento del f¨²tbol base femenino.
4) Arbitraje. Se dispone que la RFEF garantice el servicio de arbitraje, y videoarbitraje si se da el caso, a la LPFF con los siguientes criterios: que los clubes o SADs est¨¢n obligados a abonar a la RFEF todos sus costes, que la RFEF emitir¨¢ mensualmente las facturas de dichos servicios, que los clubes y SADs podr¨¢n abonarlos a trav¨¦s de la LPFF si as¨ª lo acuerdan y que estos costes no aumentar¨¢n si se decide implantar el video arbitraje.
Adem¨¢s se establecen las cantidades para el servicio de arbitraje: 14.646,17 euros por partido en la temporada reci¨¦n finalizada, es decir, 117.169,33 euros por jornada, 3.515.080 euros en total (240 partidos). Los sueldos de las colegiadas tambi¨¦n quedan por escrito y son los que se acordaron tras el par¨®n del a?o pasado: para la ¨¢rbitra principal se fija una cantidad de 25.000€ brutos y para las asistentes, 16.000€ brutos, actualiz¨¢ndose con el IPC. Tambi¨¦n se recoge la aportaci¨®n de 350.000 euros de la RFEF a la LPFF durante las temporadas 2022-23, 2023-24 y 2024-25.
5) Jugadoras extracomunitarias. El n¨²mero de jugadoras extranjeras no comunitarias que podr¨¢n participar en la competici¨®n disminuye a cinco en la temporada 2023-24 (en la finalizada era de nueve) y a tres en la 2024-25.
6) Jugadoras en formaci¨®n. El n¨²mero m¨ªnimo de jugadoras en formaci¨®n que deber¨¢ disponer cada equipo inscrito en la competici¨®n ser¨¢ de cinco a partir de la temporada 2023-2024. Se entiende por jugadoras de formaci¨®n aquellas jugadoras que hayan disputado al menos 3 temporadas completas en las competiciones oficiales de futbol femenino en Espa?a con anterioridad al cumplimiento de los 18 a?os o del primer contrato de jugadora profesional.
7) Precio de las licencias. Cada primera licencia de jugadora nacional o internacional costar¨¢ 1.542,57 euros.
8) Licencias. El n¨²mero de licencias ser¨¢ de 25 por equipo, como se recog¨ªa en la normativa propuesta publicada por la RFEF.
9) Limitaci¨®n de acuerdos con otros entes. Este punto hace especial da?o a la LPFF, pues el CSD establece que la suscripci¨®n de cualquier tipo de acuerdo por parte de la patronal con otras entidades miembro de la RFEF que no sean sus clubes afiliados a partir de la fecha de la presente resoluci¨®n precisar¨¢ de la autorizaci¨®n expresa de la RFEF de acuerdo con las normas de FIFA y UEFA. Por tanto, el acuerdo comercial por 42 millones de euros del organismo que preside ?lvarez Mesa con LaLiga puede quedar en nada...