Competici¨®n desestima las alegaciones del Real Madrid por Vinicius: no juega el Cl¨¢sico
La Jueza ?nica de Competici¨®n le ha impuesto al brasile?o un partido de sanci¨®n por su expulsi¨®n por doble amarilla contra el Celta B.
La Jueza ?nica de Competici¨®n, Carmen P¨¦rez, ha desestimado las alegaciones del Real Madrid por la expulsi¨®n por doble amarilla de Vinicius ante el Celta B, le ha impuesto un partido de sanci¨®n y, por lo tanto, no podr¨¢ jugar el Cl¨¢sico del pr¨®ximo domingo en el Camp Nou.
El brasile?o fue expulsado con el Castilla ante el filial del Celta por doble amarilla. La primera la vio en el minuto 67 por ¡°encararse con un adversario sin llegar al insulto ni a la amenaza¡±, reflej¨® el colegiado Gonz¨¢lez Gonz¨¢lez en el acta del partido. La segunda la recibi¨® en el 86¡¯, seg¨²n el colegiado, por ¡°simular haber sido objeto de infracci¨®n¡±. El club blanco present¨® un recurso por la segunda amarilla que vio el extremo bas¨¢ndose en que el jugador del Celta B le pone la mano sobre la espalda al madridista por lo que ¡°no hay simulaci¨®n¡± como reflej¨® el acta. Seg¨²n Iusport, el Madrid entend¨ªa que hab¨ªa un "error material manifiesto", supuesto por el que el C¨®digo Disciplinario permite dejar sin efectos una decisi¨®n arbitral. Pero las alegaciones del Madrid han sido desestimadas por la Jueza ?nica de Competici¨®n. El pr¨®ximo paso del Real Madrid ser¨ªa acudir a Apelaci¨®n para intentar que le retiren la sanci¨®n y que el brasile?o pueda jugar el Cl¨¢sico.
Ahora Vinicius ser¨ªa baja en el Cl¨¢sico del domingo puesto que pese a que la expulsi¨®n fue con el Castilla (Segunda B), no podr¨ªa jugar hasta que no se dispute la pr¨®xima jornada al completo, como refleja el art¨ªculo 56.3 del C¨®digo Disciplinario de la RFEF: ¡°Cuando se trate de futbolistas que pudieran ser reglamentariamente alineados en otros equipos de la cadena del principal o en alguno de los equipos de un club patrocinador, el futbolista sancionado no podr¨¢ intervenir en ninguno de estos equipos o clubes, hasta que transcurra, en la categor¨ªa en la que se cometi¨® dicha infracci¨®n, el n¨²mero de jornadas a que haga m¨¦ritos la sanci¨®n".