?Sigue siendo Larrea presidente de la RFEF?
Estatutariamente no deber¨ªa dado que ?ngel Villar ha sido suspendido como presidente y ya no es una ausencia temporal como ven¨ªa sucediendo hasta ahora.
Continuamos con nuestro an¨¢lisis acerca del futuro m¨¢s inmediato en la Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol. Una vez que hemos expuesto posibles fechas para la resoluci¨®n del TAD, el futuro de Villar en sus pretensiones de presentarse a unas elecciones en la RFEF; la siguiente pregunta que debemos hacer es: ?Qu¨¦ Federaci¨®n Espa?ola nos vamos a encontrar a partir de este lunes 8 de enero una vez finalizadas las fiestas navide?as y despu¨¦s de la inhabilitaci¨®n de Villar como presidente impuesta por el TAD el pasado 22 de diciembre?
La primera interrogante es: ?Qui¨¦n gobierna ahora la FEF? Hasta el 22 de diciembre era Juan Luis Larrea quien ejerc¨ªa esta funci¨®n despu¨¦s de la suspensi¨®n por un a?o impuesta por la Comisi¨®n Directiva del CSD el pasado mes de julio. Tal y como establece el apartado 7 del art¨ªculo 34 de los Estatutos federativos y que dice textualmente "en supuestos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que impida transitoriamente desempe?ar sus funciones, el Presidente ser¨¢ sustituido...".
Pero resulta que la inhabilitaci¨®n permanente adoptada por el TAD en su ¨²ltima reuni¨®n del a?o cambia todo. Deja de tener efecto la suspensi¨®n temporal, luego Juan Luis Larrea debe dejar de ser presidente en funciones y la RFEF debe convocar de manera inmediata la Junta Directiva para que constituya una Comisi¨®n Gestora que convoque elecciones. As¨ª lo establece el punto 8 del mismo art¨ªculo 34 de los Estatutos de la RFEF. "Si el presidente cesara por causa distinta a la conclusi¨®n de su mandato, la Junta Directiva se constituir¨¢ en Comisi¨®n Gestora y convocar¨¢ elecciones para proveer el cargo".
As¨ª est¨¢ recogido tambi¨¦n en la Orden Ministerial que regula los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Espa?olas. Concretamente en su art¨ªculo 11. Como tambi¨¦n la propia Orden expone en su art¨ªculo 12 que, "una vez convocadas las nuevas elecciones, las Juntas Directivas se disolver¨¢n, asumiendo sus funciones las Comisiones Gestoras".
Y la convocatoria de elecciones a la presidencia de la RFEF deber¨ªa incluso hacerse de manera inmediata anulando la convocatoria de elecciones parciales en la Asamblea General acordada por la ¨²ltima Junta Directiva celebrada el pasado 20 de diciembre. Elecciones que se convocaron en su momento para cubrir estas vacantes de cara a poder llevar a cabo la moci¨®n de censura presentada por Luis Rubiales. Dado que ?ngel Mar¨ªa Villar ya no es presidente, la moci¨®n de censura deja de tener sentido, luego tampoco es necesaria dicha convocatoria de elecciones. S¨®lo en el caso de que Angel Villar lograra la cautelar¨ªsima volver¨ªa a aparecer la opci¨®n de la moci¨®n de censura.
Veremos pues como evolucionan estas pr¨®ximas horas y d¨ªas en la Ciudad del F¨²tbol de Las Rozas. De momento, a d¨ªa de hoy, sigue en pie esta convocatoria de elecciones parciales a la Asamblea, proceso que podr¨ªa anularse si el TAD estima el recurso que considera que no deber¨ªa haber elecciones sino cubrir dichas vacantes por los siguientes m¨¢s votados en las ¨²ltimas elecciones. Ser¨ªa una vez se cubran estas vacantes cuando se convocar¨ªan las elecciones a la presidencia; alrededor del mes de abril, siempre que antes tambi¨¦n el TAD respaldado por el dictamen del Consejo de Estado ,no haya anulado las ¨²ltimas elecciones de la RFEF celebradas en abril del 2017 obligando a repetir el proceso electoral, primero a la Asamblea y posteriormente a la propia presidencia.
As¨ª pues, pronosticar sobre la RFEF es tirar una moneda al aire. Ser¨¢ a partir de este lunes cuando empezaremos a ver que medidas se adoptan y que rumbo adopta la direcci¨®n federativa en la Ciudad del Futbol de Las Rozas.