?Tengo que presentar la Renta 23-24 si cobro una pensi¨®n de viudedad y cu¨¢ndo hay que hacer la declaraci¨®n?
Las pensiones (entre ellas las de viudedad) est¨¢n consideradas como rentas del trabajo, por lo que se deben declarar si sobrepasan ciertas cantidades.
Ser pensionista no es sin¨®nimo de no tener que realizar la Declaraci¨®n de la Renta. Ello se debe a que la Agencia Tributaria considera las pensiones como rentas del trabajo, por lo que a efectos tributarios se contabilizan al igual que los sueldos o salarios.
El art¨ªculo 17 de la Ley del IRPF precisa que ¡°tendr¨¢n consideraci¨®n de rendimientos del trabajo las pensiones y haberes pasivos percibidos de los reg¨ªmenes p¨²blicos de la Seguridad Social y clases pasivas y dem¨¢s prestaciones p¨²blicas por situaciones de incapacidad, jubilaci¨®n, accidente, enfermedad, viudedad, o similares¡±.
De esta forma, las pensiones siguen la misma norma que los salarios, es decir, habr¨¢ que presentar la Declaraci¨®n de la Renta si los rendimientos del trabajo procedentes de un ¨²nico pagador superan los 22.000 euros anuales. Lo mismo ocurre en el caso de que se reciban rentas de dos o m¨¢s pagadores (siempre que los ingresos procedentes del segundo pagador superen los 1.500 euros anuales) y se superen en conjunto los 15.000 euros anuales.
El caso de la pensi¨®n de viudedad
Pese a que hay ciertas rentas exentas de tributar por el IRPF, tal y como detalla el art¨ªculo 7 de la Ley del IRPF, la pensi¨®n de viudedad no est¨¢ entre ellas, por lo que si se sobrepasan los l¨ªmites de ingresos citados en los p¨¢rrafos anteriores, ser¨¢ obligatorio realizar la Declaraci¨®n de la Renta.
Las pensiones contributivas de incapacidad permanente tanto en su grado absoluto como de gran invalidez (con el l¨ªmite exento de la cuant¨ªa m¨¢xima de las pensiones) y las pensiones de inutilidad o incapacidad permanente del R¨¦gimen de las Clases Pasivas son algunas de esas rentas exentas.
Otras de las rentas que no se contabilizan al tributar por el IRPF son las pensiones por actos de terrorismo (entre las que s¨ª se incluyen las pensiones de viudedad derivadas de actos terroristas), las pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasi¨®n o como consecuencia de la Guerra Civil o las pensiones y haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 a?os o incapacitados para todo trabajo.