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La m¨¢xima cantidad que se puede pagar por transferencia sin declararla a Hacienda
Seg¨²n la ley 7/2012, de 29 de octubre, la cifra m¨¢xima es de 10.000 euros. Si se trata de un prestamo, la cantidad m¨¢xima se limita a 6.000 euros.
Las nuevas teconolog¨ªas han supuesto un avance importante en el ¨¢mbito econ¨®mico. A trav¨¦s de servicios como Bizum es posible realizar transferencias de dinero en el momento, aunque todav¨ªa existe la posibilidad de realizarlas en cualquier oficina bancaria o en el cajero autom¨¢tico.
Sin embargo, existen diferentes l¨ªmites marcados por la Agencia Tributaria a la hora de mover dinero, independientemente de la manera de realizar el tr¨¢mite, con el objetivo de detectar posibles fraudes. Es una medida que fue publicada en el a?o 2012 en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), y que sirve para controlar los movimientos de dinero, especialmente en aquellos casos en los que se haga transferencias de dinero elevadas.
Seg¨²n recoge la ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificaci¨®n de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuaci¨®n de la normativa financiera para la intensificaci¨®n de las actuaciones en la prevenci¨®n y lucha contra el fraude, hay un l¨ªmite de dinero para no tener que declarar la transferencia a Hacienda. La cantidad m¨¢xima en este caso es de 10.000 euros, independientemente de si se env¨ªa dinero en cajeros, oficinas, con el m¨®vil o a trav¨¦s de la web.
En el caso de que se realicen pr¨¦stamos de dinero, la cantidad l¨ªmite se ve reducida a los 6.000 euros. Si se superan las cantidades mencionadas en ambos casos, debemos declarar ante la Agencia Tributaria el dinero transferido. Para ello, ser¨¢ imprescindible presentar el modelo S1, donde debe presentarse tanto el objetivo de la operaci¨®n financiera, como la documentaci¨®n correspondiente de las personas implicadas.
L¨ªmites para no declarar dinero en efectivo
Sin embargo, no es el ¨²nico l¨ªmite que ha establecido la Agencia Tributaria con respecto al dinero. Una norma regulada por la Ley 10/2010, de 28 de abril, estipula la cantidad m¨¢xima de dinero en efectivo que se puede llevar sin la necesidad de declarar.
De esta manera, una persona se podr¨¢ llevar un m¨¢ximo de 100.000 euros en efectivo dentro de Espa?a. Por encima de dicha cantidad, ser¨¢ necesario declarar el tr¨¢mite. "Deber¨¢n presentar declaraci¨®n las personas f¨ªsicas que, actuando por cuenta propia o de tercero, realicen movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera", menciona la citada ley
Con respecto al dinero guardado en casa, no hay ning¨²n tipo de normativa que lo proh¨ªba, aunque en el caso de realizar ingresos superiores a los 3.000 euros, Hacienda vigilar¨¢ dichos movimientos ya que puede considerar que se puede tratar de una ganancia patrimonial sin declarar de forma legal.
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