Madrid Central: qu¨¦ cambios hay en la nueva ordenanza de movilidad y a qui¨¦n le afectan
La nueva normativa de Almeida, Madrid Distrito Centro, mantiene la mayor¨ªa de aspectos de la anterior normativa.
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este lunes la nueva ordenanza de movilidad para la capital: Madrid Distrito Centro. La nueva orden suprime el anterior Madrid Central que aprob¨® el Gobierno de de Manuela Carmena.
?Qu¨¦ normas cambian?
Son dos puntos los que cambian esencialmente. Con Madrid Central, la anterior ordenanza, los comerciantes de la zona centro que ten¨ªan veh¨ªculos A, es decir, sin etiqueta medioambiental, ten¨ªan prohibido el acceso. Con la nueva ordenanza, estos conductores tienen permitido el acceso con hasta tres veh¨ªculos por local, independientemente de la etiqueta tengan.
La otra norma que cambia afecta a los camiones. Con la anterior ordenanza de movilidad, a partir del 1 de enero de 2022, los camiones que pesen m¨¢s de 3,5 toneladas iban a tener prohibida la circulaci¨®n. Con Madrid Distrito Centro, la prohibici¨®n se prorroga un a?o m¨¢s. Adem¨¢s, tambi¨¦n se aumenta de 30 a 45 minutos el tiempo para las reservas de carga y descarga.
?Qu¨¦ normas no cambian?
La mayor¨ªa de las normas de Madrid Central se mantienen. El recorrido de calles que ocupan la nueva normativa es el mismo que el de la anterior ordenanza. Sin embargo, los logotipos y las marquesinas que llevan el nombre de "Madrid Central" ser¨¢n quitados, y cambiados por el nuevo nombre, lo que supondr¨¢ un coste de 185.000 euros para el Ayuntamiento.
?Cu¨¢ndo entrar¨¢ en vigor?
Madrid Distrito Centro ya se ha aprobado este lunes en el Pleno municipal. Sin embargo, no entrar¨¢ en vigor hasta que se publique en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Desde el Ayuntamiento aseguran que a finales de esta semana o a principios de la que viene, se publicar¨¢ y entrar¨¢ en vigor.
?Cu¨¢l es la multa por saltarse la prohibici¨®n?
La sanci¨®n por una infracci¨®n ser¨¢ una multa de 90 euros, igual que la de Madrid Central. Tras su entrada en vigor, se iniciar¨¢ un periodo de dos meses de preaviso, es decir, las c¨¢maras captar¨¢n las infracciones pero no se impondr¨¢n multas, sino que enviar¨¢ una carta informativa por cada infracci¨®n. Sin embargo, los agentes de movilidad y la Polic¨ªa Municipal s¨ª podr¨¢n multar a aquellos conductores que se salten la normativa. Despu¨¦s de esos dos meses, comenzar¨¢n a llegar las multas.
?Qui¨¦n puede entrar en Madrid Distrito Centro?
La nueva normativa no modifica pr¨¢cticamente el acceso de veh¨ªculos. Pueden circular los residentes de la zona delimitada, los comerciantes y los veh¨ªculos ECO y Cero. Los veh¨ªculos con etiqueta B y C, podr¨¢n hacerlo siempre que se dirijan a un parking y no estacionen en las zonas SER.
La ¨²nica novedad en este aspecto, es que pueden entrar un mayor n¨²mero de comerciantes, seg¨²n indica la normativa. Los comerciantes que cumplan los nuevos requisitos tienen tres meses para registrar sus veh¨ªculos en el Ayuntamiento.
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