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?En qu谷 casos puede ser despedido un funcionario p迆blico y cu芍les son las causas del despido?

La relaci車n de los funcionarios p迆blicos con la Administraci車n es diferente al resto que se establecen entre empleador y empleado. Hay varias sanciones de diversa gravedad.

La estabilidad laboral de los funcionarios p迆blicos es diferente al resto de relaciones entre empresa y empleado. En este caso la relaci車n laboral con la Administraci車n es diferente el resto, no estando sometidos a una legislaci車n laboral, como indica la web De Miguel Lawyers.

Seg迆n lo establecido en el art赤culo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se indican cu芍les son las causas que suponen la p谷rdida de la condici車n de funcionario de carrera.

  • Renuncia a la condici車n de funcionario.
  • P谷rdida de nacionalidad.
  • Sanci車n disciplinaria de separaci車n del servicio que tenga car芍cter firme.
  • Jubilaci車n total del funcionario.
  • La pena principal o accesorio de inhabilitaci車n absoluta o especial para ejercer un cargo p迆blico, con car芍cter firme.

Sanciones

M芍s all芍 de la jubilaci車n o la renuncia, es posible que un empleado funcionario p迆blico ponga fin a su carrera de forma anticipada. Es el caso de la realizaci車n de conductas inapropiadas, recogidas en el Estatuto B芍sico del Empleado P迆blico. En este caso se abrir赤a un expediente disciplinario y tras el acuerdo del Consejo de Ministros o el gobierno correspondiente de la comunidad equivaldr赤a a un despido disciplinario.

Cada administraci車n, como recuerda Em谷rita Legal, puede contar con su propia norma espec赤fica. Las faltas de disciplina se pueden calificar como leves (amonestaci車n o suspensi車n de empleo y sueldo un m芍ximo de 15 d赤as), graves (suspensi車n de empleo y sueldo entre 16 d赤as y un a?o o traslado forzoso) y muy graves (suspensi車n por m芍s de un a?o y hasta seis, con la posible separaci車n del servicio).

Las faltas muy graves, que son las que conllevan el posible despido de un funcionario p迆blico, vienen recogidas en el Real Decreto Legislativo antes mencionado. Entre ellas se encuentran el acoso laboral, la negligencia en la custodia de secretos oficiales o la discriminaci車n de cualquier tipo.

Motivos para una falta muy grave

  • El incumplimiento del deber de respeto a la Constituci車n y a los respectivos Estatutos de Autonom赤a de las comunidades aut車nomas y ciudades de Ceuta y Melilla, en el ejercicio de la funci車n p迆blica.
  • Toda actuaci車n que suponga discriminaci車n por raz車n de origen racial o 谷tnico, religi車n o convicciones, discapacidad, edad u orientaci車n sexual, lengua, opini車n, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condici車n o circunstancia personal o social, as赤 como el acoso por raz車n de origen racial o 谷tnico, religi車n o convicciones, discapacidad, edad u orientaci車n sexual y el acoso moral, sexual y por raz車n de sexo.
  • El abandono del servicio, as赤 como no hacerse cargo voluntariamente de las tareas o funciones que tienen encomendadas.
  • La adopci車n de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administraci車n o a los ciudadanos.
  • La publicaci車n o utilizaci車n indebida de la documentaci車n o informaci車n a que tengan o hayan tenido acceso por raz車n de su cargo o funci車n.
  • La negligencia en la custodia de secretos oficiales, declarados as赤 por Ley o clasificados como tales, que sea causa de su publicaci車n o que provoque su difusi車n o conocimiento indebido.
  • El notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas.
  • La violaci車n de la imparcialidad, utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y 芍mbito.
  • La desobediencia abierta a las 車rdenes o instrucciones de un superior, salvo que constituyan infracci車n manifiesta del Ordenamiento jur赤dico.
  • La prevalencia de la condici車n de empleado p迆blico para obtener un beneficio indebido para s赤 o para otro.
  • La obstaculizaci車n al ejercicio de las libertades p迆blicas y derechos sindicales.
  • La realizaci車n de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga.
  • El incumplimiento de la obligaci車n de atender los servicios esenciales en caso de huelga.
  • El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades cuando ello d谷 lugar a una situaci車n de incompatibilidad.
  • La incomparecencia injustificada en las Comisiones de Investigaci車n de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades aut車nomas.
  • El acoso laboral.
  • Las que queden tipificadas como tales en ley de las Cortes Generales o de la asamblea legislativa de la correspondiente comunidad aut車noma o por los convenios colectivos en el caso de personal laboral.