Sellar el paro: ?puedo perder las prestaciones y subsidios si no renuevo la demanda de empleo?
El SEPE impone sanciones al trabajador retir¨¢ndole parcial o totalmente la ayuda en funci¨®n de las veces que se olvide de realizar esta acci¨®n.
Uno de los requisitos para percibir la prestaci¨®n contributiva, subsidio por desempleo o ayudas extraordinarias es que los trabajadores sellen cada noventa d¨ªas (tres meses) para renovar la demanda de empleo o tarjeta DARDE. Con motivo de la pandemia, el Servicio Nacional de Empleo (SEPE) anunci¨® que la demanda de empleo se renovar¨ªa autom¨¢ticamente, pero desde el 31 de mayo de 2021 el beneficiario vuelve a ser el responsable de hacerlo.
Sanciones si olvidas sellar el paro
En caso de no renovar la demanda de empleo, el Servicio de Empleo (INEM) podr¨¢ sancionar al trabajador retir¨¢ndole parcial o totalmente la ayuda que est¨¦ recibiendo en funci¨®n de las veces que se olvide realizar esta acci¨®n.
- Una vez. Seg¨²n explica el SEPE, en este caso, ¡°se iniciar¨¢ un procedimiento sancionador por infracci¨®n leve que puede suponerle la p¨¦rdida de un mes de prestaci¨®n¡±.
- Dos veces. El beneficiario perder¨¢ tres meses de prestaci¨®n.
- Tres veces. El beneficiario perder¨¢ seis meses de prestaci¨®n.
- Cuatro veces. El beneficiario perder¨¢ la prestaci¨®n completa.
¡°Para estos casos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicar¨¢ esta escala a partir de la primera infracci¨®n, cuando entre una infracci¨®n leve y la anterior no hayan transcurrido m¨¢s de 365 d¨ªas¡±, a?ade el SEPE.
?Se pueden recurrir las sanciones?
Si el beneficiario de la ayuda no est¨¢ de acuerdo con la sanci¨®n, puede presentar un escrito de alegaciones en la oficina de empleo durante los 15 d¨ªas h¨¢biles posteriores a la notificaci¨®n de esta. No obstante, es muy complicado que se acepten los recursos si no est¨¢n debidamente justificados. El SEPE contestar¨¢ mediante una resoluci¨®n para admitir o no los alegatos. Si la persona afectada sigue sin estar conforme, puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
El motivo m¨¢s habitual para justificar que no se haya sellado el paro es estar enfermo el d¨ªa en que ten¨ªa que hacerlo, seg¨²n se?ala el portal Loentiendo, acreditado con certificado de baja m¨¦dica oficial de su m¨¦dico de la Seguridad Social. Otras personas tambi¨¦n alegan haber acudido a un proceso de selecci¨®n de personal, acciones de formaci¨®n¡ mediante un certificado sellado y firmado por la entidad correspondiente. Por ¨²ltimo, otras causas comunes son el cumplimiento de un deber p¨²blico inexcusable (como formar parte de un jurado) o causas de fuerza mayor.
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