Ingreso de dinero en una cuenta embargada: ?cu¨¢nto me pueden retener y cu¨¢l es el m¨¢ximo que me quitan?
Si contraemos muchas deudas el juzgado o las administraciones pueden decidir embargar nuestra cuenta bancaria o nuestras n¨®minas.
El embargo de las cuentas bancarias es uno de los procedimientos que llevan las administraciones para forzar a los deudores a hacer frente a los impagos. Una mala situaci¨®n econ¨®mica puede hacer que aparezcan deudas por dejar de pagar pr¨¦stamos, por ejemplo.
Para que se aplique un embargo de cuenta, la persona debe dejar de pagar el pr¨¦stamo solicitado durante un tiempo, en el que se le cobrar¨¢n intereses de demora. Si tras un determinado periodo no se han hecho frente a las deudas, la persona ser¨¢ incluida en un registro de morosos y tras un tiempo la entidad puede reclamar judicialmente.
Un juez puede ordenar el embargo de la cuenta, pero tambi¨¦n puede ocurrir que el embargo lo ordene Hacienda o un ayuntamiento, en caso de que haya deudas con estas administraciones. Sin embargo, ante cualquier tipo de embargo, el afectado debe ser notificado con antelaci¨®n.
Diferenciar entre embargo de n¨®mina y embargo de cuenta
Se pueden dar dos casos cuando tenemos deudas pendientes, que nos embarguen la n¨®mina o que nos embarguen la cuenta. En el primer caso, nuestra empresa pagadora ser¨¢ la encargada de retener el importe correspondiente para ingresarlo en la cuenta del juzgado. En el segundo caso, es el propio juzgado el que bloquea el saldo que corresponda para cubrir la deuda.
Cuanto dinero me pueden quitar
Dependiendo del tipo de embargo al que seamos sometidos existen algunas limitaciones. En el caso de que nos embarguen la cuenta, el importe bloqueado no debe superara la deuda contra¨ªda. Si se dispone de dinero suficiente en la cuenta, el juzgado coger¨¢ el importe necesario para cubrir la deuda.
En caso de que no haya dinero suficiente hay que tener en cuenta varios aspectos. Lo primero es que no se puede generar un descubierto en la cuenta, pues tendr¨ªamos una nueva deuda con el banco. Por otro lado, no se podr¨¢ embargar la totalidad del salario, y, adem¨¢s, solo se podr¨¢n retener aquellos que superen el Salario M¨ªnimo Interprofesional. Por ¨²ltimo, en caso de tener varias deudas, estas se ir¨¢n pagando de una en una.
Tramos de embargo del salario.
- Menos de 950 euros: no se puede embargar
- Entre 950 y 1.900 euros: se puede embargar un 30%
- Entre 1.900 y 2.850 euros: se puede embargar un 50%
- Entre 2.850 y 3.800 euros: se puede embargar un 60%
- Entre 3.800 y 4.750: se puede embargar un 75%
- M¨¢s de 4.750 euros: Se puede embargar un 90%
Estos tramos con los porcentajes que se pueden embargar seg¨²n el salario que se cobra vienen estipulados en el art¨ªculo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que es el encargado de regular esto. Adem¨¢s, otros ingresos como pr¨¦stamos de amigos o ganancias tras una venta podr¨¢n ser embargados al completo, pues no tiene un car¨¢cter salarial.
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