?Me pueden multar por conducir en chanclas o ir sin camiseta? El aviso de la DGT para el verano
El Reglamento General de Circulaci¨®n no proh¨ªbe de forma expl¨ªcita conducir en chanclas, pero algunos de sus art¨ªculos podr¨ªan suponer motivo de sanci¨®n si las llevas puestas
Ahora que llega el verano y los desplazamientos en coche se multiplican, tendemos a seguir algunas costumbres que no solemos llevar a cabo durante el resto del a?o. Ir en chanclas a todas partes, llevar una gorra para reducir los efectos del sol o llevar ropa ligera son algunas de las caracter¨ªsticas diarias del verano.
Ahora bien, a la hora de conducir, ?es posible conducir en chanclas, llevar una gorra mientras se est¨¢ al volante o conducir sin camiseta en tu propio coche? La respuesta no es tan sencilla, ya que la ley no proh¨ªbe ninguna de estas pr¨¢cticas, aunque en algunas ocasiones pueden ocasionar una multa.
?Se puede conducir en chanclas?
Como hemos apuntado anteriormente, ninguna ley proh¨ªbe como tal conducir en chanclas, pero llevarlas al volante puede ser motivo de sanci¨®n seg¨²n los siguientes art¨ªculos del Reglamento General de Circulaci¨®n:
Ya que conducir con chanclas limitar¨ªa la capacidad de movimiento de un conductor, puede provocar una multa, que puede ser de hasta 200 euros aunque no implica una p¨¦rdida de puntos en la mayor¨ªa de los casos.
?Se puede conducir sin camiseta?
En este caso, la respuesta es similar a la de la conducci¨®n con chanclas: no hay ninguna ley que no lo permita, pero la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT) cree que conducir sin camiseta puede poner en peligro al conductor, seg¨²n el art¨ªculo 3.1 del Reglamento General de Circulaci¨®n: ¡°No usar camiseta podr¨ªa producir heridas en caso de activarse el cintur¨®n de seguridad¡±. Esta sanci¨®n puede ascender hasta los 100 euros, sin retirada de puntos.
?Y si llevo gorra o pamela?
En este caso la respuesta es m¨¢s sencilla, se podr¨¢ llevar cualquier prenda en la cabeza cuando se est¨¦ conduciendo, siempre que se mantengan las orejas destapadas y a la vista. El art¨ªculo 18.1 refleja que si un conductor tiene las orejas tapadas, sus capacidades auditivas se podr¨¢n ver mermadas y no podr¨¢ prestar atenci¨®n a todo lo que sucede en la carretera.