?Cu¨¢ndo se cobra cada subsidio y prestaci¨®n? Fechas de pago del paro, ERTE, Ingreso M¨ªnimo Vital...
Las ayudas a las familias en una situaci¨®n econ¨®mica delicada se han convertido en vitales en Espa?a. Cada una tiene una fecha de pago espec¨ªfica.

Tras el estallido de la pandemia, en 2020, las ayudas econ¨®micas se volvieron m¨¢s importantes que nunca. Cada vez m¨¢s familias necesitan de subsidios como el paro o lo que se conoce como Ingreso M¨ªnimo Vital, ya que este tipo de ayudas pueden marcar la diferencia para los n¨²cleos familiares que se encuentran en una situaci¨®n econ¨®mica de lo m¨¢s delicada. Por ello, se han vuelto su ¨²nica fuente para salir adelante y cada vez est¨¢n m¨¢s pendientes de cu¨¢ndo llegar¨¢n a sus cuentas bancarias.
La vacunaci¨®n parece haber tra¨ªdo algo de estabilidad a nuestro pa¨ªs, que ha aprobado recientemente la subida del Salario M¨ªnimo Interprofesional. Espa?a ha aumentado en un 8% la cantidad de este elemento, alcanzando los 1.080 euros. Esta puede ser una buena noticia para todas aquellas personas que depend¨ªan sino en exclusiva, en su mayor¨ªa, de este concepto econ¨®mico, que se convierte en vital para la supervivencia de muchas familias. Detallamos uno de los puntos clave: la fecha de cobro de ayudas como el paro, las pensiones o el IMV.
Paro y ERTE
Estas son dos de las ayudas m¨¢s importantes de las que est¨¢n pendientes las familias sin muchos ingresos. Hay que tener en cuenta que el SEPE, organismo que regula este tipo de elementos, ha dejado claro que los primeros d¨ªas de cada mes, entre el 10 y el 15, es cuando se realiza el cobro de estos dos subsidios. Hay que tener en cuenta, adem¨¢s, que se hace a mes vencido. En febrero, por ejemplo, la primera jornada se produce en viernes, por lo que lo m¨¢s seguro es que las entidades bancarias se esperen al lunes siguiente para efectuar los pagos.
Eso s¨ª, tambi¨¦n se debe resaltar que se puede llegar a acuerdos con las instituciones bancarias para adelantar los d¨ªas de cobro de este tipo de ayudas, dependiendo de las necesidades y las condiciones que re¨²na el solicitante.
Pensiones
Para hablar de las pensiones, uno de los elementos m¨¢s importantes de la sociedad, especialmente para las personas mayores, normalmente las beneficiarias de estos subsidios, hay que acudir a lo que marca la Seguridad Social. El ente p¨²blico deja claro, a trav¨¦s de sus canales oficiales, los d¨ªas de cobro de este tipo de ayudas.
¡°Estas pensiones se devengan (generan el derecho a su cobro) por mensualidades naturales vencidas, es decir, del mismo modo recibimos de manera habitual las n¨®minas procedentes de nuestro trabajo en el caso de empleados asalariados. La Seguridad Social abona estas pensiones entre el d¨ªa 1 y el 4 de cada mes- la norma dice que ser¨¢ el primer d¨ªa h¨¢bil del mes en que se realiza el pago (a mes vencido) y siempre antes del cuarto d¨ªa natural del mismo-. No obstante, la fecha exacta del ingreso de este importe a veces se adelanta por el banco del pensionista¡±.
¡°Es decir, lo m¨¢s habitual es que entre el 22 y el 26 de cada mes recibamos en nuestra cuenta corriente el importe de nuestra pensi¨®n, que en los meses de junio y noviembre incluir¨¢ una paga extra¡±, aclara el organismo.
Ingreso M¨ªnimo Vital
Se trata de una ayuda destinada a aquellas personas en riesgo de exclusi¨®n social y se suele recibir, normalmente, el primer d¨ªa de cada mes. Es un subsidio que comenz¨® a ra¨ªz de la pandemia del coronavirus y que el Gobierno define como ¡°un derecho subjetivo de la ciudadan¨ªa que se garantiza que va a estar disponible para quien lo necesite¡±. Eso s¨ª, la Seguridad Social, ente p¨²blico, aclara este concepto, uno de los que hay que estar m¨¢s pendientes, en su p¨¢gina web.
¡°El pago de la prestaci¨®n ser¨¢ mensual y se efect¨²a por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestaci¨®n. El derecho a la prestaci¨®n del ingreso m¨ªnimo vital nacer¨¢ a partir del primer d¨ªa del mes siguiente al de la fecha de presentaci¨®n de la solicitud¡±, precisa el ente p¨²blico.
Subsidio para mayores de 45 a?os
Se trata de una ayuda dirigida aquellas personas mayores de 45 a?os que ha agotado su prestaci¨®n por desempleo, y no debe tener responsabilidades familiares a cargo. Suele cobrarse entre los d¨ªas 10 y 15 de cada mes, teniendo una cuant¨ªa mensual que corresponde al 80% del IPREM, lo que significa, unos 480 euros.
Para optar a este subsidio la persona solicitante debe estar inscrita como demandante de empleo, adem¨¢s de no haber rechazado ning¨²n puesto de trabajo, y no tener renta superiores al 75% del SMI.
Subsidio para mayores de 52 a?os
Esta ayuda se puso en marcha por el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal, m¨¢s conocido como, SEPE. Se trata de una ayuda para aquellas personas mayores de 52 a?os que tambi¨¦n han perdido su empleo. Al igual que el subsidio para mayores de 45 a?os, se suele cobrar los d¨ªas 10 y 15 de cada mes, teniendo en cuenta tambi¨¦n la cuant¨ªa mensual correspondiente al 80% del IPREM, los 480 euros.