RENTA DE INSERCI?N
RAI del SEPE vs Renta M¨ªnima de Inserci¨®n: diferencias, requisitos para pedirlas y cu¨¢l puedo solicitar
Las dos son rentas de inserci¨®n, pero en cada una de ellas hay que cumplir una serie de requisitos ya que dependen de organismos distintos.
La COVID-19 ha generado una vulnerabilidad social mayor de la que ya hab¨ªa en Espa?a antes de la pandemia. Mucha gente sigue o se ha quedado sin trabajo y no han tenido m¨¢s remedio que acudir a las administraciones en busca de protecci¨®n en modo de renta de inserci¨®n con la que poder subsistir durante este tiempo.
Adem¨¢s del Ingreso M¨ªnimo Vital, aprobado por el Gobierno en la primavera del a?o 2020, existen otras dos rentas de inserci¨®n en nuestro pa¨ªs. Se trata de la Renta M¨ªnima de Inserci¨®n, dependiente de las comunidades aut¨®nomas, y la Renta Activa de Inserci¨®n, dependiente del Servicio P¨²blico de Empleo Estatal.
Diferencias
Como se se?alaba, los organismos de los que depende cada renta son diferentes. Las comunidades aut¨®nomas poseen una Renta M¨ªnima de Inserci¨®n, que var¨ªa en su nombre seg¨²n la regi¨®n, pero que tienen como objetivo cubrir las necesidades b¨¢sicas de una unidad de convivencia, ya sea de una persona o de una familia.
En cambio, la Renta Activa de Inserci¨®n, dependiente del SEPE, es una ayuda estatal espec¨ªficamente para personas desempleadas y que tiene como objetivo aumentar las oportunidades de estas para encontrar trabajo y cubrir sus necesidades.
Requisitos
Para optar a la Renta M¨ªnima de Inserci¨®n, hay que comprobar los requisitos espec¨ªficos para cada comunidad, pero en general, hay que cumplir los siguientes:
- Empadronamiento en la comunidad donde se vaya a solicitar durante al menos un a?o anterior a la solicitud.
- Tener entre 25 y 65 a?os, aunque hay excepciones en los que se puede recibir la prestaci¨®n fuera de ese rango.
- Haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que se puedan tener derecho antes de acometer la solicitud de esta renta.
- Escolarizaci¨®n obligatoria de los menores que se encuentren en esa unidad de convivencia.
En cuanto a la Renta Activa de Inserci¨®n, hay que pertenecer de manera obligatoria a uno de estos colectivos: parados de larga duraci¨®n mayores de 45 a?os, emigrantes retornados mayores de 45 a?os v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero o dom¨¦stica o personas con discapacidad igual o superior al 33%.
Para solicitarla, adem¨¢s, se debe ser menor de 65 a?os, no tener ingresos superiores a 712,50 euros al mes (ni tampoco que se supere proporcionalmente en la unidad familiar, es decir, que la suma de las rentas de la unidad familiar dividido por el n¨²mero de miembros no puede ser superior a esa cantidad), no haber recibido tres veces esta renta y ninguna vez en el ¨²ltimo a?o natural.
Adem¨¢s, existen requisitos espec¨ªficos para cada grupo que puede recibir la RAI:
- Desempleados de larga duraci¨®n +45 a?os: agotamiento de otras prestaciones por desempleo, no tener derecho a otras prestaciones y estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses de manera ininterrumpida.
- Emigrantes retornados +45 a?os: haber trabajado al menos 6 meses fuera de Espa?a desde la ¨²ltima salida y pedir la solicitud menos de un a?o despu¨¦s de volver.
- V¨ªctimas de violencia de g¨¦nero o dom¨¦stica: acreditar tal condici¨®n mediante un documento de los Servicios Sociales.
- Personas con discapacidad >33%: agotamiento de otras prestaciones por desempleo, tener una discapacidad de m¨¢s del 33% o ser pensionista por incapacidad y estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses de manera ininterrumpida.
Cuant¨ªa y c¨®mo solicitarla
La cuant¨ªa de la renta m¨ªnima de inserci¨®n es variable seg¨²n la comunidad y la unidad de convivencia. As¨ª, en Ceuta es en donde menos se cobra con una cuant¨ªa m¨ªnima de 300 euros, mientras que la cuant¨ªa m¨¢xima alcanza los 1.221,60 euros en Navarra. Por su parte, en Madrid, la cuant¨ªa m¨ªnima es de 400 euros para una persona que viva sola, mientras que la m¨¢xima es de 950 euros.
En cuanto a la RAI, que se puede cobrar durante 11 meses, se cobra el 80% del IPREM, es decir, unos 430,27 euros.
Para solicitar la RMI, hay que acudir las respectivas p¨¢ginas webs de las distintas comunidades aut¨®nomas, mientras que para la RAI, hay que acudir a la p¨¢gina oficial del SEPE o pedir cita previa para ir a sus oficinas de manera presencial.
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