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Prestaci¨®n por desempleo: cu¨¢ntos d¨ªas tengo para solicitar el paro y qu¨¦ pasa si estoy fuera de plazo

Si se supera la franja de tiempo marcada, el derecho no se pierde, pero hay una importante penalizaci¨®n que ser¨¢ m¨¢s grave cuanto mayor sea la demora.

La prestaci¨®n contributiva es la que protege la situaci¨®n de desempleo de aquellas personas que pudiendo y queriendo trabajar, pierden su puesto de forma temporal o definitiva o ven reducida temporalmente su jornada laboral ordinaria entre un m¨ªnimo de un 10 % y un 70 %.

El plazo para solicitarla es de 15 d¨ªas h¨¢biles desde la fecha del cese en el trabajo. Por d¨ªa h¨¢bil se entienden todos los de la semana excepto s¨¢bados, domingos y festivos, que no cuentan en ese periodo de tiempo.

Fuera de plazo

Puede ocurrir que se pida la prestaci¨®n fuera de plazo. En ese supuesto, si se supera la franja de tiempo marcada, el derecho no se pierde, pero hay una importante penalizaci¨®n que ser¨¢ m¨¢s grave cuanto mayor sea la demora.

As¨ª lo regula la Ley: "Quienes acrediten cumplir los requisitos, pero presenten la solicitud transcurrido el plazo de quince d¨ªas, tendr¨¢n derecho al reconocimiento de la prestaci¨®n a partir de la fecha de la solicitud, perdiendo tantos d¨ªas de prestaci¨®n como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiese formulado la solicitud".

Requisitos

Asimismo, se deben cumplir los siguientes requisitos:

- Estar afiliado o afiliada y en situaci¨®n de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un r¨¦gimen que contemple la contingencia por desempleo.

- Encontrarse en situaci¨®n legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocaci¨®n adecuada. La solicitud incluye el compromiso de actividad.

- Estar inscrito o inscrita y mantener la inscripci¨®n como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestaci¨®n.

- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 d¨ªas dentro de los 6 a?os anteriores a la situaci¨®n legal de desempleo o al momento en que ces¨® la obligaci¨®n de cotizar

- No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.

- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.

- No cobrar una pensi¨®n de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

Duraci¨®n y cuant¨ªa

La duraci¨®n depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los ¨²ltimos 6 a?os anteriores a la situaci¨®n legal de desempleo o al momento en que ces¨® la obligaci¨®n de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestaci¨®n por desempleo anterior.

La cuant¨ªa de la prestaci¨®n contributiva depende de las bases de cotizaci¨®n a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 ¨²ltimos d¨ªas cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.

La base reguladora de la prestaci¨®n es la media de la base de cotizaci¨®n del periodo indicado. El importe diario que se percibe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 d¨ªas de prestaci¨®n y el 50 % a partir del d¨ªa 181 hasta el final de la misma.