El Gobierno unificar¨¢ todas las prestaciones por desempleo: ?cu¨¢nto se cobrar¨¢ de paro?
El cambio, incluido en el plan de recuperaci¨®n enviado a Bruselas, entrar¨¢ en vigor a partir de 2022 y tendr¨¢ una cuant¨ªa del 80% del Iprem.
El Ministerio de Trabajo y Econom¨ªa Social pretende simplificar y mejorar el nivel asistencial de protecci¨®n por desempleo y crear una prestaci¨®n que integrar¨¢ a todas las existentes. Esta nueva ayuda entrar¨¢ en vigor a partir de 2022 y tendr¨¢ una cuant¨ªa del 80% del Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples (Iprem), que en este 2021 es de 451,90 euros mensuales. As¨ª lo establece la reforma 10 del componente 23 del Plan de Transformaci¨®n, Recuperaci¨®n y Resiliencia.
El documento se?ala que la reforma tiene el objetivo de sustituir el nivel asistencial de protecci¨®n por desempleo, regulado en la Ley General de Seguridad Social y en los programas de Renta Activa de Inserci¨®n (RAI) y subsidio extraordinario por desempleo (SED), integrando estas ayudas en una nueva prestaci¨®n, complementaria de la protecci¨®n contributiva, que proteja la situaci¨®n de transici¨®n al empleo. Estar¨¢ vinculada a cotizaciones previas y financiada con cargo al presupuesto de las prestaciones por desempleo. Asimismo, su gesti¨®n estar¨¢ atribuida al Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE) y al Instituto Social de la Marina (ISM).
El texto recoge que la idea es integrar en el subsidio ordinario por agotamiento las modalidades extraordinarias que se han ido creando en diferentes momentos. Esta integraci¨®n se har¨¢ de forma coordinada con el desarrollo del Ingreso M¨ªnimo Vital (IMV), que incluye el aumento de sus beneficiarios y el desarrollo de los itinerarios de inclusi¨®n.
Requisitos y duraci¨®n
Para acceder a este subsidio, se exigir¨¢ la acreditaci¨®n de carencia de rentas individuales y, en algunos casos, responsabilidades familiares, adem¨¢s del compromiso y cumplimiento de un itinerario personalizado de empleo ante el servicio p¨²blico de empleo competente que permita que la prestaci¨®n sirva de transici¨®n hacia la protecci¨®n social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral y se encuentre en situaci¨®n de vulnerabilidad.
La duraci¨®n de este depender¨¢ de la edad, circunstancias familiares y la duraci¨®n de la prestaci¨®n agotada, con el objetivo de ampliar el periodo m¨¢ximo actual del subsidio ordinario, incorporando las pr¨®rrogas de los subsidios extraordinarios a¨²n vigentes.
Seg¨²n se se?ala en el Plan, la finalidad que persigue esta medida es la de aumentar la protecci¨®n por desempleo, mejorando la cobertura al ampliar la duraci¨®n de los subsidios y eliminar lagunas de desprotecci¨®n de los programas actuales, pero tambi¨¦n simplificar el funcionamiento del sistema, reduciendo el n¨²mero de figuras para dar m¨¢s claridad, seguridad jur¨ªdica y facilitar la gesti¨®n.
Beneficiarios
El colectivo objeto de esta reforma es el de personas que agotan la prestaci¨®n contributiva y contin¨²an en situaci¨®n de desempleo y personas que acreditan m¨¢s de seis y menos de doce meses cotizados, de forma que no pueden acceder a la prestaci¨®n contributiva. No obstante, el Ministerio de Trabajo deja claro en el texto del Plan que la definici¨®n de los cambios normativos va a ser abordada en la mesa del di¨¢logo social con los agentes sociales.
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