ELECCIONES EN MADRID

Mesa electoral: posibles multas, sanciones y qu谷 puede pasar si no me presento

EFE

El pr車ximo 4 de mayo, cerca de 70.000 madrile?os deber芍n acudir a la mesa electoral si no quieren enfrentarse a sanciones econ車micas o penas de c芍rcel.

Alrededor de 70.000 madrile?os han sido convocados para formar parte de una mesa electoral de cara a las elecciones que celebrar芍 la Comunidad de Madrid el 4 de mayo. Pero, como ya ocurri車 el pasado 14 de febrero en Catalu?a, el miedo provocado por la pandemia est芍 disparando las alegaciones para no presentarse. Sin embargo, acudir a los puestos de vocal o presidente es una obligaci車n de los ciudadanos, con lo que ausentarse sin causa justificada conlleva castigo. Y el temor por la situaci車n sanitaria no se encuentra en entre las excepciones que eximen de esta responsabilidad.

El art赤culo 143 del del R谷gimen Electoral General establece que "el Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales as赤 como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempe?ar sus funciones, las abandonen sin causa leg赤tima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrir芍n en la pena de prisi車n de tres meses a un a?o o multa de seis a veinticuatro meses". Lo m芍s habitual en caso de ausencia es una sanci車n econ車mica, cuya cuant赤a la decide el juez en funci車n de la capacidad econ車mica del condenado o la gravedad de la infracci車n. La posibilidad de prisi車n existe, principalmente, cuando se tienen antecedentes penales.

Eso s赤, los electores podr芍n librarse por diversos motivos personales, laborales o familiares, siempre que las reclamaciones antes de que pasen siete d赤as naturales desde la notificaci車n oficial y est谷n debidamente acreditadas. Los "impedimentos" y las "excusas justificadas" se recogen en la Instrucci車n 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, y son aplicables a los presidentes de mesa, as赤 como a vocales y sustitutos.

Otras sanciones

Adem芍s de no acudir sin justificaci車n, existen otros delitos relacionados con los procesos electorales que tambi谷n conllevan sanciones. Por ejemplo, "quienes voten dos o m芍s veces en la misma elecci車n o quienes voten sin capacidad para hacerlo ser芍n castigados con las penas de prisi車n de 6 meses a 2 a?os, multa de 6 meses a 2 a?os e inhabilitaci車n especial para empleo o cargo p迆blico de 1 a 3 a?os".

Del mismo modo, quien vulnere los tr芍mites establecidos para el voto por correo ser芍 castigado con las penas de prisi車n de tres meses a un a?o o la de multa de seis a 24 meses. Tambi谷n existen penas de prisi車n de tres a siete a?os y multa de 18 a 24 meses para los funcionarios que abusen de su oficio o cargo realizando una serie de falsedades.