?Por qu¨¦ es importante la barrera de los 14.000 euros en la declaraci¨®n de la Renta 2021-22?
Con car¨¢cter general los contribuyentes que tienen que declarar deben superar los 22.000 euros, pero cambia si hay un segundo pagador.

La campa?a de la declaraci¨®n de la Renta comenz¨® el pasado 6 de abril. Las restricciones provocadas por la pandemia del coronavirus desde el pasado a?o 2020 extendieron la figura de los ERTE. Hasta cuatro millones de espa?oles se encontraron en esta situaci¨®n durante el primer a?o de pandemia.
A lo largo del pasado ejercicio 2021, la cifra se redujo considerablemente. No obstante, todas aquellas personas que se encontraron en ERTE en 2021 deben tener en cuenta que, a efectos de la Renta, se trata de un rendimiento del trabajo que no est¨¢ exento del IRPF y se debe tributar.
El cambio si tienes un segundo pagador
Por norma general, los contribuyentes que presentan la declaraci¨®n por IRPF lo hacen cuando sus rendimientos de trabajo superan los 22.000 euros. Sin embargo, la cosa cambia cuando hay dos pagadores. El l¨ªmite para tributar se reduce a 14.000 euros, siempre y cuando se haya cobrado m¨¢s de 1.500 euros del segundo y restantes pagadores.
En este caso, a la hora de tributar, la prestaci¨®n recibida por parte del SEPE cuenta como si fuera un pagador m¨¢s, por lo que el empleado afectado por el ERTE tiene en realidad dos pagadores: su empresa y el SEPE.
La importancia de las retenciones
Una vez aclarado esto, es fundamental tener en cuenta la retenci¨®n del IRPF. La empresa suele aplicar la retenci¨®n al trabajador mensualmente seg¨²n su sueldo, de manera que en caso de declarar no deber¨ªa salir a pagar porque se ha ido haciendo progresivamente en cada n¨®mina.
Sin embargo, esto cambia si no se aplica la retenci¨®n, que es lo que podr¨ªa pasar con el cobro de los ERTE. Seg¨²n explica la web del SEPE, en las prestaciones por desempleo "es poco probable la retenci¨®n a cuenta en concepto de IRPF, dado que los importes previstos de prestaci¨®n no alcanzan el m¨ªnimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicaci¨®n de retenci¨®n".
En cualquier caso, "mientras est¨¦ percibiendo la prestaci¨®n por desempleo, puede solicitar que se le retenga el IRPF o que se le aplique un porcentaje mayor de retenci¨®n, en su caso".