Las normas que la DGT estrenar¨¢ a partir del 2 de enero de 2021
El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre aprob¨® un paquete de medidas que pretenden reducir el n¨²mero de muertes y heridos graves en las carreteras espa?olas.
A partir de este s¨¢bado 2 de enero entran en vigor algunas de las nuevas reformas del reglamento aprobadas por la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT), tal y como recuerda Diario Motor. El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre aprob¨® a propuesta del Ministerio del Interior un paquete de medidas que pretenden reducir un 50% el n¨²mero de fallecidos y heridos graves en accidentes de tr¨¢fico durante la pr¨®xima d¨¦cada.
Una de las medidas m¨¢s importantes est¨¢ relacionada con el uso del tel¨¦fono m¨®vil. Supondr¨¢ una sanci¨®n de 500 euros y la retirada de 6 puntos (anteriormente se quitaban 3). No s¨®lo se aplicar¨¢ a los conductores que vayan hablando, sino tambi¨¦n a los que lo utilicen de cualquier forma o incluso sujet¨¢ndolo.
Mal uso de los dispositivos de seguridad
Circular sin casco, cintur¨®n o dispositivos de retenci¨®n infantil llevar¨¢ aparejada la reducci¨®n de 4 puntos (hasta ahora eran 3), mientras que la multa seguir¨¢ siendo de 200 euros. Asimismo, el mal uso de estos elementos (llevar el casco sin abrochar o la banda diagonal del cintur¨®n tras la espalda) implicar¨¢ la misma sanci¨®n.
Tambi¨¦n supondr¨¢ una multa llevar en el coche un detector de radares, que implicar¨¢ un castigo de 3 puntos y 200 euros. Actualmente, s¨®lo se sanciona a los conductores que los llevan encendidos, aunque muchos los apagaban al llegar a un control y posteriormente los volv¨ªan a activar.
Otros cambios
La reforma suprimir¨¢ el margen de 20 km/h en que se pod¨ªa exceder el l¨ªmite de velocidad en las carreteras convencionales de doble sentido para adelantar. Pese a que esta nueva regla ha generado pol¨¦mica, la DGT declar¨® que era necesaria para igualarnos al resto de pa¨ªses europeos.
El Reglamento General de Circulaci¨®n, concretamente su art¨ªculo 38, que afecta a los dispositivos de movilidad personal, tambi¨¦n ha sido modificado. A partir de ahora, se prohibir¨¢ su circulaci¨®n por traves¨ªas, v¨ªas interurbanas y autopistas y autov¨ªas que transcurren dentro de poblado, as¨ª como en t¨²neles urbanos.
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