?Por qu¨¦ no he cobrado el ERTE a¨²n y c¨®mo reclamar al SEPE?
Despu¨¦s de varios meses desde que declarara el estado de alarma y se paralizaran muchas actividades, muchos trabajadores siguen sin recibir su prestaci¨®n.
La situaci¨®n econ¨®mica de muchas familias es muy preocupante. Desde que estallara la crisis sanitaria, muchas empresas se han apoyado en la posibilidad de solicitar un Expediente de Regulaci¨®n Temporal de Empleo (ERTE) para evitar la quiebra econ¨®mica ante la suspensi¨®n de la actividad o las p¨¦rdidas que est¨¢ provocando esta situaci¨®n.
Algunos de estos empleados que tienen que cobrar esta prestaci¨®n est¨¢n teniendo muchos problemas para recibir el ingreso. E, incluso, hay algunos casos en que ni siquiera han llegado a cobrarla. Si es tu situaci¨®n y quieres reclamar, necesitas saber que hay que seguir los siguientes pasos.
?Qu¨¦ hacer para consultar el estado de la prestaci¨®n?
Se debe consultar el estado el estado de la prestaci¨®n a trav¨¦s de la p¨¢gina web del SEPE. Ah¨ª, tendr¨¢s que introducir una serie de datos personales para poder acceder: n¨²mero de DNI, n¨²mero de tel¨¦fono, fecha en la que se solicit¨® el ERTE y el c¨®digo IBAN de la cuenta bancaria.
Tras introducir estos datos, ya se puede acceder a saber si est¨¢ aprobado, si ya se ha pagado o si est¨¢ pendiente del cobro. En caso de no haber cobrado el importe, el organismo ha puesto a disposici¨®n de los ciudadanos una direcci¨®n de correo electr¨®nico para solucionar las dudas: miprestacion2020@sepe.es. Tambi¨¦n se pueden realizar por v¨ªa telef¨®nica a trav¨¦s del 900 812 400 (de lunes a viernes de 8h a 20h).
Los pasos a seguir para reclamar
En caso de querer reclamar, se deber¨¢ pedir cita online para acudir a presentar la reclamaci¨®n de manera formal en una de las oficinas abiertas del SEPE. Se deber¨¢ esperar 30 d¨ªas desde que se solicit¨® la prestaci¨®n y, tras la reclamaci¨®n, el SEPE suele responder entre 20 y 45 d¨ªas.
Si no se recibe respuesta es que la reclamaci¨®n ha sido desestimada por silencio administrativo y ya ser¨¢ la v¨ªa judicial la que haya que seguir para intentar cobrar la prestaci¨®n: 30 d¨ªas despu¨¦s de que se entienda como denegada.
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