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?Cu¨¢nto pagan por estar en la mesa electoral en las elecciones auton¨®micas?

Brais Lorenzo

En Galicia, los presidentes y vocales perciben una dieta de 65 euros, mientras que en el Pa¨ªs Vasco la cuant¨ªa asciende a 85 euros.

En plena pandemia, Galicia y el Pa¨ªs Vasco celebran sus elecciones auton¨®micas el pr¨®ximo domingo 12 de julio. Los ciudadanos que acudan a los diferentes puntos facilitados para depositar su voto tendr¨¢n que seguir unas estrictas medidas de seguridad. Especialmente duras y pol¨¦micas est¨¢n siendo en el Pa¨ªs Vaco, donde los contagiados por coronavirus no podr¨¢n votar. Tambi¨¦n est¨¢n los que han preferido solicitar el voto por correo para no correr riesgos.

Para esta jornada, adem¨¢s, se requerir¨¢n en los diferentes colegios y locales los habituales presidentes y vocales que constituir¨¢n las mesas electorales. As¨ª, quien haya recibido la notificaci¨®n deber¨¢ acudir al centro en el que se solicite su presencia para llevar acabo una serie de tareas, entre las que se encuentran controlar el desarrollo de la votaci¨®n, recibir los votos y, al final de la jornada electoral, llevar a cabo su recuento y escrutinio.

Sueldo por estar en la mesa electoral

Los presidentes y vocales de las mesas electorales de Galicia percibir¨¢n una dieta de 65 euros, cuya cuant¨ªa se regula por Orden Ministerial y es la habitual en Espa?a. En cambio, en el Pa¨ªs Vasco las personas que ostenten estos mismos puestos cobrar¨¢n 85 euros por ejercer esa funci¨®n durante toda la jornada electoral.

S¨®lo tendr¨¢n derecho a esta dieta aquellos que tengan la condici¨®n de titulares. Los suplentes ¨²nicamente podr¨ªan percibirla en caso de adquirir la condici¨®n de titulares.

?Es obligatorio acudir?

Los presidentes y vocales, as¨ª como sus suplentes, deben estar presentes de forma obligatoria en los colegios en los que se requiera su presencia. No acudir, sin causa justificada, al d¨ªa de la votaci¨®n puede suponer una pena de prisi¨®n o multa.

Y no es f¨¢cil eludir la responsabilidad de acudir a la Mesa. No vale cualquier excusa. Estar¨¢n exentos de ir aquellos que sean mayores de 65 a?os, tengan una discapacidad o invalidez, o las mujeres embarazadas de m¨¢s de seis meses (o menos, si existe riesgo en la gestaci¨®n), de baja por maternidad o en periodo de lactancia (hasta nueve meses).

Asimismo, si ya te ha tocado formar parte de la mesa electoral tres o m¨¢s veces en la ¨²ltima d¨¦cada, tienes la opci¨®n de no ir. Tambi¨¦n se contemplan otros supuestos, como estar enfermo, tener prevista una operaci¨®n quir¨²rgica o pruebas m¨¦dicas importantes el d¨ªa de la votaci¨®n (o bien los d¨ªas anteriores o al d¨ªa siguiente), tener que cuidar a ni?os y personas mayores o con discapacidad o tener dificultad para desplazarse por cambiar de residencia en otra comunidad aut¨®noma. Si tu religi¨®n lo impide o tienes un evento o celebraci¨®n de la que seas protagonista, como tu boda, tambi¨¦n puedes eludir la responsabilidad