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ERTE: ?puede una empresa contratar o despedir a sus trabajadores?

El real decreto aprobado por el Gobierno proh¨ªbe contratar mientras duren estos expedientes y obliga a las empresas a mantener el empleo durante seis meses.

El BOE public¨® el pasado s¨¢bado el real decreto ley de pr¨®rroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre que acordaron el Gobierno, los sindicatos y las organizaciones empresariales. Entre las medidas aprobadas, se encuentra la prohibici¨®n de que las empresas que se acojan a ERTE puedan contratar a personal ni establecer o reanudar las externalizaciones de la actividad mientras estos expedientes est¨¦n en vigor y el compromiso por parte de estas de mantener el empleo de sus trabajadores hasta seis meses despu¨¦s de que finalice el ERTE.

Las contrataciones solamente estar¨¢n permitidas si los trabajadores no pueden realizar sus obligaciones por formaci¨®n, capacitaci¨®n u otras razones objetivas y justificadas, y en ese caso, la empresa deber¨¢ comunicarlo a los representantes legales de los trabajadores. Esta prohibici¨®n estar¨¢ vigente tanto en los ERTE de fuerza mayor como en aquellos que se produzcan por causas objetivas, y si se incumple, se producir¨¢ una sanci¨®n.

Prohibido despedir hasta el 30 septiembre

La medida prev¨¦ tambi¨¦n que las empresas que se acojan a los ERTE no puedan realizar despidos por causas objetivas hasta el 30 de septiembre. Los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo o interinidad, se mantendr¨ªan hasta esta fecha. Asimismo, estas empresas deber¨¢n mantener el empleo de sus trabajadores durante los seis meses siguientes a la finalizaci¨®n del ERTE. Hay varias excepciones a este compromiso, como el despido disciplinario procedente, la dimisi¨®n, la jubilaci¨®n o la incapacidad permanente total.

Finalmente, la decisi¨®n aprobada por el Ejecutivo proh¨ªbe que las empresas que realicen ERTE por causas objetivas y tengan domicilio en un para¨ªso fiscal puedan acogerse a este procedimiento. Tampoco podr¨¢n repartir dividendos, salvo si pagan el importe de las exoneraciones que hayan recibido.